Toluca/Estado de México
Mediante el Programa de Preliberación Penitenciaria, propuesto por el Poder Judicial, en esta contingencia sanitaria por Coronavirus son ya 660 Personas Privadas de su Libertad (PPL) de centros penitenciarios del Estado de México, quienes han obtenido un beneficio preliberacional, por lo que compurgan su sentencia fuera de prisión.
Juezas y jueces del Poder Judicial del Estado de México han otorgado dichas medidas del 20 de marzo al 20 de mayo, las cuales incluyen en algunos casos, la colocación del brazalete electrónico, garantizando así el Derecho a la Protección de la Salud, establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, ya que en los penales aumenta el riesgo de contagio por Covid-19.
Para obtener algún beneficio preliberacional, las personas privadas de su libertad cumplieron con los requisitos establecidos en los artículos 136 y 146 de la Ley Nacional de Ejecución de Sentencias.
El artículo 136, sobre Libertad Condicionada, establece que el juez de Ejecución podrá conceder a la persona sentenciada el beneficio de libertad condicionada, bajo la modalidad de supervisión con o sin monitoreo electrónico.
Mientras que el Artículo 146 del mismo marco jurídico, habla de la Solicitud de preliberación y señala que la autoridad penitenciaria, con opinión de la Procuraduría (Fiscalía), podrá solicitar al Poder Judicial la conmutación de pena, liberación condicionada o liberación anticipada de un grupo determinado de personas sentenciadas de acuerdo con ciertos criterios.
Entre ellos, que se trate de un delito cuya pena máxima sea de seis años de prisión, sean delitos patrimoniales o culposos, entre otros.
Desde el inicio de la contingencia sanitaria, el Poder Judicial del Estado de México emprendió una serie de acciones para salvaguardar la salud de usuarios y servidores públicos, así como continuar con la impartición de justicia pues es una actividad estratégica que no puede parar.