A nadie le gusta pagar impuestos, sin embargo, éstos son el modo que tenemos los ciudadanos de colaborar para que la autoridad pueda cumplir sus funciones.
El pago de impuestos que hacemos los contribuyentes al Estado se nos devuelve a través de: autopistas, hospitales, escuelas públicas, agua potable, sistema de drenaje, policías, barrenderos, etc. Una especie de convenio según el cual el ciudadano paga para que, a cambio, le dé servicios y protección.
Por otro lado, además de ser obligación legal, pagar impuestos puede traerle a tu empresa o negocio (MiPyMe) beneficios, uno de ellos puede ser tener un historial crediticio ante una institución financiera, para que en caso de requerir un financiamiento lo puedas conseguir, otro es que puedes acercarte a programas de apoyo del gobierno y uno de los requerimientos básicos es que estés dado de alta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Tributar tiene sus ventajas.
De otra manera, si no has pagado impuestos o si tu contador se dedica a declarar utilidades menores para pagar menos, las puertas del financiamiento se reducen o se cierran.
De acuerdo con las cifras del 2014, la Procuraduría en Defensa del Contribuyente (Prodecon), señalaba que seis de cada 10 personas no los pagan, mientras que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), entre 2000 y 2010 el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) -el cual ya no existe pero agrupaba a pequeños negocios- registró evasión superior a 96%. Mientras que para 2017, la recaudación creció 62 por ciento real frente a 2016, al pasar de 30 mil 806 millones a 52 mil 801 millones de pesos en el periodo de comparación, según el más reciente informe tributario del SAT. Esto debido a 2 razones principales: 1) Las nuevas herramientas electrónicas como el buzón tributario, el correo electrónico y la e-factura versus los métodos tradicionales y 2) que las MiPyMes se vuelven cada día más conscientes de las ventajas que les representa el pagar impuestos.
Algunos de los incentivos para las MiPyMes, derivados de la Reforma Fiscal aprobada a fines de 2013 fue la desaparición de la figura de los Repecos dentro del que estaban aquellos comercios que no excedían los ingresos de dos millones de pesos, los cuales migraron automáticamente al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), y en el cual pueden permanecer hasta 10 años y exentar durante el primer año 100% del pago de Impuesto Sobre la Renta y los años siguientes permite que la exención disminuya progresivamente a razón de un 10% por año.
Tributar no es tan difícil, se requiere presentación de las declaraciones fiscales obligatoriamente de manera electrónica, tramitar la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) y el Sello Digital, indispensable para firmar de manera electrónica. La asesoría para todo el trámite puedes recibirla directamente del SAT.
Si tu intención es que la empresa sea una persona moral, el mismo notario que visites para que te constituya la empresa, tiene la posibilidad de registrarla ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y obtener tu RFC.
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