La diputada de morena, Anaís Burgos Hernández, presentó una iniciativa para reformar el Código Civil del Estado de México y que las copias certificadas de las actas de nacimiento no tengan fecha de vencimiento.
En sesión del Primer Periodo Ordinario, la diputada dijo que requerir actas de nacimiento actualizadas no tiene justificación administrativa o legal, en razón de que dicho documento contiene datos que no varían en la vida de las personas y por ello no caducan.
Sin embargo, indicó, es una práctica común que dependencias gubernamentales federales y estatales e instituciones privadas exijan actas de nacimiento con determinado periodo de expedición, ya sea de tres o seis meses de antigüedad a la fecha de su presentación.
“Este requisito no está previsto en alguna disposición legal, por lo que es un acto arbitrario, que obliga a las personas a tramitar una copia certificada, con un costo actual en el Estado de México de 69 pesos, si bien nos va, y si el cajerito no nos da cambio, el costo es de 100 pesos”, expuso.
Esto representa un costo económico que afecta las finanzas de los mexiquenses, sobre todo si se considera que en el estado de México 31 por ciento de la población vive con menos de un salario mínimo y que en ocasiones se requiere la copia certificada del acta de nacimiento de varios integrantes de la familia para realizar algún trámite, lo que significa “un boquete al presupuesto familiar”.
Este documento, imprescindible en la vida de las personas, además de dar identidad, es requerido para realizar diversos trámites, como la inscripción a todos los niveles educativos; la inscripción a programas gubernamentales; para la obtención de cartilla militar, pasaporte oficial, visa y credencial de elector, y para contraer matrimonio, divorciarse y registrar la defunción de la persona, razón por la cual la legisladora propuso eliminar su periodo de vigencia y erradicar la imposición de solicitar un documento actualizado cada vez que se tenga que hacer un trámite.
La iniciativa que propone adiciones al artículo 3.10 del Código Civil del Estado de México, fue turnada a las comisiones legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales, así como a la de Procuración y Administración de Justicia para su análisis y dictamen.