Violencia patrimonial y económica, daño silencioso a mujeres

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Violencia patrimonial y económica, daño silencioso a mujeres

Jueves, 24 Mayo 2018 13:30 Escrito por 
Violencia patrimonial y económica, daño silencioso a mujeres Foto: Especial

Toluca/Estado de México

Aunque no existen golpes, agresiones ni maltrato físico, la violencia patrimonial o económica atenta contra la dignidad de las mujeres, y en la mayoría de los casos quien vive estos tipos de violencia, difícilmente está consciente de que es víctima, aseguró el consejero de la Judicatura del Estado de México, Juan Manuel Télles Martínez.

El juez del Poder Judicial mexiquense indicó que en esta clase de intimidación no hay hostigamiento físico, psicológico, emocional o sexual, pero sí afecta la supervivencia y el desarrollo pleno de las mujeres, al restringirse o vulnerarse sus derechos.

De acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la entidad, la patrimonial se manifiesta en la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes, valores, derechos patrimoniales destinados a la supervivencia o a satisfacer necesidades, puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la persona.

Por ejemplo, dijo, en una separación matrimonial, en el que ambos tienen derecho sobre los bienes generados como pareja, uno de ellos hace todo lo posible para impedir el goce de estos al otro.

Mientras que la violencia económica va dirigida a los ingresos, incluso la percepción de un salario inferior, esto es, cuando una mujer gana menos que un hombre, a pesar de que ambos desarrollan el mismo trabajo, “esa es violencia económica porque afecta directamente los ingresos de la víctima basándose en una situación de género”, explicó el consejero. Otro caso es cuando el esposo controla los ingresos de su pareja y limita su supervivencia o la afecta.

Al ejercer violencia se causa daño, menoscaba la integridad y dignidad, se humilla y se despoja a la víctima, hecho más recurrente contra las mujeres.
El consejero Télles Martínez recomendó a las mujeres que sufren esta clase de violencia, acudan ante un juez para formular una demanda a fin de que reciban protección y se liberen de esos actos.

En el aspecto patrimonial, el juez puede decretar el aseguramiento de los bienes y en el económico, en caso de un matrimonio, establecer como medida una pensión alimenticia, independientemente del régimen conyugal.
Señaló que en el Poder Judicial del Estado de México existe una Unidad de Equidad y Derechos Humanos que tiene, entre sus objetivos, difundir el derecho de la mujer y de la población en general, a una vida libre de violencia.

En 1998, México ratificó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Belém Do Pará” y como compromiso internacional, nuestro país expidió y promulgó en 2007, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; un año más tarde, el Estado de México emitió su ley local que contempla la protección de los derechos en el ámbito estatal, alinea las políticas de estado y establece la clasificación de los tipos de violencia.

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