Bajo el argumento de que existe una campaña negra, Morena ha solicitado al INE que investigue violencia política por razón de género en contra de Delfina Gómez Álvarez, quien ha sido señalada como “delincuente electoral”, “corrupta”, “ladrona”, “que en lugar de candidata, debería de estar en prisión”, entre otras frases, aludiendo a la implementación de retener un porcentaje del salario de los trabajadores del Ayuntamiento de Texcoco para beneficiar a Morena, cuando ella fue alcaldesa de ese municipio, lo que fue comprobado por el INE después de cuatro años de investigación y por el TEPJF un año después, confirmando la multa a este partido político por 4 millones y medio de pesos, pero sin poder acreditar si Gómez Álvarez se benefició de dichos recursos durante su campaña para diputada, en el proceso electoral 2014-2015.
Al solicitar al INE que las acusaciones se investiguen bajo la modalidad de violencia política, en razón de género, Morena argumenta que se ataca a Delfina Gómez por ser mujer y no por su probable delito de desviación de recursos públicos. Al respecto, la ley define como violencia política contra las mujeres en razón de género: “toda acción u omisión basada en elementos de género que tiene por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de una o varias mujeres”. (Art. 20Bis, LGAMVLV, 2022).
También señala que la violencia política contra las mujeres puede expresarse, entre otras formas, a través de “realizar o distribuir propaganda política o electoral que calumnie, degrade o descalifique a una candidata basándose en estereotipos de género que reproduzcan relaciones de dominación, desigualdad o discriminación contra las mujeres, con el objetivo de menoscabar su imagen pública o limitar sus derechos políticos y electorales” (Art. 20Ter, LAMVLV, 2022).
Los calificativos adjudicados a Gómez Álvarez, que se intensificaron a raíz de ser designada coordinadora territorial de Morena en el Estado de México y, prácticamente, candidata por segunda ocasión para competir por la gubernatura mexiquense en 2023, se refieren a su conducta de imponer retenciones al salario de los trabajadores del Ayuntamiento que gobernaba, durante el periodo de febrero de 2013 a marzo de 2015 y de firmar cheques para entregar esos recursos a su secretaria, María Victoria Anaya Campos, por casi 12 millones de pesos y a Sara Iveth Rosas Rosas, militante de Morena, por casi dos millones de pesos quienes, a su vez, los transfirieron al Grupo de Acción Política (GAP) encabezado por Horacio Duarte Olivares para, de ahí, destinarlos al naciente partido de Morena. (SUP-RAP-403/2021 Y SUP-RAP-412/2021, enero de 2022).
La desviación de estos recursos se confirmó por las autoridades electorales a través de diversas pruebas: a) las personas que dispusieron de la mayoría de los recursos retenidos eran militantes de Morena; b) existieron diversas transferencias entre algunos trabajadores del municipio que eran militantes de Morena; hubo declaraciones en medios de comunicación de donde se obtuvieron datos sobre la vinculación de dirigentes del GAP con Morena; Delfina Gómez Álvarez aceptó que los recursos retenidos a los trabajadores serían para apoyar a Morena.
Tanto la resolución del INE, como la sentencia del TEPJF, castigaron la infracción que cometió Morena al no reportar ingresos con los que se benefició, pero exoneraron a la entonces presidenta municipal por no poder comprobar si esos recursos también apoyaron su campaña a diputada federal, por lo que acreditar el presunto delito por desviación de recursos públicos sigue pendiente. Mientras tanto, el delito de Delfina si no es ilegal, sí se acreditó que es inmoral. Por ello, además de revisar la violencia política en su contra, que sería inaceptable, habrá que poner luz sobre el antecedente de corrupción que la persigue; porque tan inadmisible es la violencia política contra las mujeres, como es el abuso de poder y la corrupción practicada por hombres o mujeres.
@IrmaCruzE
Comunicóloga