Toluca/Estado de México
Con la finalidad de consolidar prácticas más democráticas y la participación ciudadana desde el ámbito municipal en la elección de delegados, subdelegados y consejos de participación ciudadana (COPACIS) el diputado Juan Jaffet Millán Márquez (PRI), planteó incluir en la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad, así como paridad de género e inclusión.
Dijo que aunque los integrantes de las autoridades y órganos auxiliares son elegidos a través del voto ciudadano, en muchos casos las convocatorias expedidas por las autoridades municipales no observan las reglas democráticas mínimas, ni se ciñen a los principios rectores en el ejercicio de la función electoral, establecidos tanto en el artículo 41 de la Carta Magna, como en el numeral 11 de nuestra Constitución Local.
De igual forma agregó que las autoridades auxiliares y consejos de participación son fundamentales para la consolidación de la democracia, pues a través de ellos la ciudadanía tiene el primer contacto con las acciones de gobierno en términos de democracia participativa.
De la misma forma, el legislador agrego que además existen dos principios que deben ser garantizados para configurar un marco normativo más sólido, que permita la plena participación política de todos los grupos: la paridad de género y la inclusión.
Dijo que es preciso generar las condiciones para eliminar cualquier barrera que limite el ejercicio de los derechos político electorales y que para garantizar el cumplimiento de los principios objeto de esta iniciativa de reforma “es indispensable capacitar al personal encargado del desarrollo de dichos procesos electivos”.
Millán Márquez destacó que con esta reforma se fortalecerá el sistema democrático desde sus bases, pues éstas se encuentran en la participación que los ciudadanos realizan en su entorno más próximo, es decir, en sus respectivas comunidades.
La propuesta presentada por el tricolor contempla reformar los artículos 59 y 73 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, fue turnada para su estudio a las comisiones de Legislación y Administración Municipal, Electoral y de Desarrollo Democrático y Participación Ciudadana.