Toluca/Estado de México
Después de dar a conocer que las balas perdidas son una consecuencia directa de actos de violencia armada, la bancada de morena propuso reformar el Código Penal del Estado de México, con el objeto de penalizar los disparos al aire.
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Al presentar la Iniciativa para reformar el Código Penal del Estado de México y considerar sanciones a quien detone un arma de fuego apuntando al aire sin justificación alguna, se dieron a conocer las estrategias de seguridad pública aplicadas por las administraciones federales pasadas, que han sido catastróficas y lejos de resolver o atenuar los efectos, los agudizaron.
De acuerdo a las últimas cifras de los delitos del fuero común del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el Estado de México falta mucho por hacer en materia de Seguridad Pública, en razón de que el estado ocupa el nada honroso primer lugar a nivel nacional en delitos como: Homicidio, Feminicidio, robo a transporte público, robo de motociclista, robo a transportista, muestra de que el objetivo planteado por la dependencia está lejos de cumplirse.
“En la actualidad es muy frecuente ver o conocer de personas que poseen algún arma de fuego con la justificación de la protección; sin embargo, esto ha generalizado externalidades negativas como es el incremento de los delitos del fuero común o el incremento en heridos y muertes a causa de balas perdidas”, señala el documento.
Conforme al Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo de América Latina; México tuvo 116 casos de incidentes o muertes por balas perdidas, que generaron 132 víctimas: 55 personas muertas y 77 lesionadas; en donde 54 de los afectados eran menores de edad y de acuerdo con la información recabada, en 28% de los casos no se supo de dónde provino la bala perdida, en 16% provino de situaciones de violencia social, en 15% provino del crimen organizado y en 14% provino de los llamados “tiros alegres”, aquellos que se lanzan al aire en algún festejo.
Las balas perdidas son entonces una consecuencia directa de actos de violencia armada; sin embargo, por el momento el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública cataloga a este tipo de hechos como lesiones y homicidios culposos o no intencionales cometidos con arma de fuego; aunque no detalla si se debieron a balas perdidas u otras causas, lo que hace difícil contabilizar estos hechos de manera más objetiva. Se considera que en festividades multitudinarias es donde se dan estos hechos.
La reforma del Artículo 253, en su fracción I, quedaría de la siguiente manera:
“Dispare un arma de fuego sobre una persona o grupo de personas, o en domicilio particular, en la vía pública, en un establecimiento comercial, de servicios, o fuera de un campo de tiro debidamente autorizado, o apuntando al aire sin justificación, o en algún lugar concurrido”.
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