Sanciona #TEEM al PRI y a Alejandra del Moral

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Sanciona #TEEM al PRI y a Alejandra del Moral

Martes, 18 Julio 2023 15:51 Escrito por 
Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) Especial

Toluca/Estado de México

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) determinó por unanimidad de votos, declarar la existencia de violación al mostrar videos de niños sin el consentimiento de sus padres o tutores o quien ejerce la patria potestad, aunado a que no se difuminaron sus rostros para hacerles irreconocibles.

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Ante ello, determinó sancionar económicamente a la excandidata del PRI, PAN, PRD y Nueva Alianza, Alejandra del Moral Vela con 32 mil 159.40 pesos y al PRI con 160 mil 797 pesos así como una amonestación pública a los restantes partidos políticos por responsabilidad indirecta.

Además, en sesión, los magistrados resolvieron cuatro Juicios Ciudadanos y 47 Procedimientos Especiales Sancionadores.

Destaca otro de Morena en contra de la excandidata del tricolor y los partidos políticos que integraron la coalición “Va por el Estado de México”, al Presidente Municipal y director de Seguridad Pública ambos de Tlalnepantla, por la supuesta colocación de propaganda en diversas vialidades del municipio referido; al respecto, el Tribunal Electoral del Estado de México, determinó que son inexistentes los hechos denunciados, derivado de la verificación llevada a cabo por el personal adscrito a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral mexiquense.

Otro más, también de Morena, contra la excandidata del tricolor y los partidos políticos que integran la coalición “Va por el Estado de México”, por la presunta vulneración a las normas que rigen la propaganda electoral, derivado de la omisión de incluir en pintas de bardas el logo de la coalición, de los partidos coaligados y el nombre completo de la entonces candidata.

Al respecto, el órgano jurisdiccional determinó la existencia de la violación objeto de la denuncia, pues era responsabilidad de los denunciados atenerse a las reglas de propaganda electoral de incluir identificación precisa de la coalición que postulaba a la candidata; por lo que se amonestó públicamente a los sujetos infractores.

Se atendió otro más del PAN contra Morena por la presunta comisión de la infracción relativa a la veda electoral, derivado de una publicación en Twitter, en la página oficial de Morena donde se hace un llamado al voto en tiempo de veda electoral.

En este sentido, el Tribunal determinó inexistente la violación objeto de la denuncia en virtud de que aún y cuando se acreditó la existencia del hecho denunciado, al realizar el análisis respectivo, el elemento material no se acreditó, ya que después de un análisis integral y contextual de la publicación denunciada alojada en la red social de Twitter, se determinó que la misma no constituye propaganda electoral, no se aprecia la imagen de algún candidato, ni que tenga por objeto promover el voto a favor de alguna candidata.

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