Toluca/Estado de México
Elementos de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, en conjunto con la Secretaría de la Defensa Nacional (DEFENSA), Guardia Nacional (GN) y Secretaría de Seguridad estatal (SSEM), detuvieron a Eulalia “N”, quien se desempeñaba como Tercera Regidora en Amanalco, así como Rey Francisco “N”, también servidor público de ese municipio, ambos señalados por su probable intervención en el delito de secuestro exprés con la finalidad de cometer el de extorsión en agravio de la actual Presidenta por Ministerio de Ley de dicha demarcación.
#ÚltimaHora: Detienen a María Elena "N", alcaldesa de #Amanalco
Como se informó, respecto al “Operativo Enjambre”, el pasado 22 de noviembre, fueron detenidos María Elena “N”, quien se desempeñaba como Presidenta Municipal de Amanalco, investigada por el delito de homicidio calificado en agravio de las víctimas de iniciales G.J.R. y M.A.L.C., así como Manuel Alejandro “N”, Director de Seguridad Pública del citado municipio, por su probable intervención en el hecho delictivo de secuestro exprés con fines de robo.
De manera adicional, ambos son investigados por presuntamente estar relacionados a un grupo delictivo con orígenes en el estado de Michoacán, al cual le permitían realizar actividades delictivas y facilitaban información personal de los habitantes de Amanalco, la cual se encontraba en posesión del Ayuntamiento, acciones en las que pudieron intervenir otros servidores públicos municipales.
Derivado de la captura de María Elena “N” y a efecto de garantizar la continuidad en la administración municipal, el pasado 28 de noviembre, el cabildo designó como Presidenta Municipal por Ministerio de Ley a A.L.L. quien el 4 de diciembre denunció ser víctima de extorsión, tras haber recibido mensajes anónimos vía telefónica, en los que le exigían “dejar el cargo” y que “propusiera a otra de las integrantes del cuerpo edilicio para ocupar su lugar”, o de lo contrario le causarían daño a ella o a su familia, por ello, el Agente del Ministerio Público le otorgó medida de protección consistente en el auxilio inmediato de instituciones policiales.
Al día siguiente, a las 10:15 horas, esta Fiscalía recibió denuncia por parte de elementos de la Secretaría de Seguridad estatal, quienes informaron que familiares de la víctima A.L.L. les notificaron que un grupo de individuos armados habría ingresado a su domicilio y la privaron de la libertad.
Por la noche del mismo 5 de diciembre, la víctima A.L.L. fue liberada en una zona boscosa y caminó hasta una gasolinera donde recibió ayuda y acudió a la comandancia municipal de Donato Guerra, donde informó lo sucedido, motivo por el cual fue trasladada ante el Agente del Ministerio Público, en donde rindió su entrevista.
La víctima señaló que “a las 7:15 horas del 5 de diciembre fue privada de la libertad por sujetos armados, quienes con uso de violencia la obligaron a salir de su domicilio y subir a un vehículo con rumbo desconocido para después llevarla a una cabaña en una zona boscosa”. Asimismo, fue certificada por el médico legista, quien determinó que presentaba diversas lesiones contusas.
Como parte de los actos de investigación, se logró establecer que uno de los captores de la víctima fue Pablo “N” alias "Mini" y/o "El Pelón", quien es señalado como “subjefe de plaza” de la célula delictiva con orígenes en Michoacán, con presencia en la región de Amanalco y Donato Guerra, sujeto que además es investigado por delitos de alto impacto como homicidio, secuestro y extorsión.
De igual manera, la indagatoria precisó que alias "Mini" y/o "El Pelón" junto con nueve personas más no identificadas habrían privado de la libertad a la víctima en represalia a que “realizaba gestiones para que fuerzas federales y estatales se establecieran en el municipio y se hicieran cargo de la seguridad”, situación que disgustó a los líderes de dicho grupo criminal.
Adicionalmente, Pablo “N” alias "Mini" y/o "El Pelón" habría expresado a la víctima: “…te dijimos varias veces que dejaras tu cargo y no nos creíste…, soy el dueño de Amanalco y el encargado de que obedezcas…, estas aquí por órdenes del Rey y Eulalia, ya los conoces, ellos jalan con nosotros…, vas a bajar a Amanalco y vas a renunciar”. Asimismo, la víctima refirió haber escuchado una llamada telefónica en la cual Pablo “N” recibió indicaciones para liberarla con la condición de que renunciara al cargo.
Información que es coincidente con las entrevistas recabadas al personal del Ayuntamiento, en las que señalaron que “varios integrantes del cabildo recibieron mensajes a sus teléfonos particulares en los que se les ordenaba nombrar presidenta a otra integrante del cabildo”.
Como parte de las investigaciones, elementos de la Fiscalía mexiquense, en conjunto con la DEFENSA, GN y SSEM, llevaron a cabo acciones operativas en los municipios de Amanalco y Donato Guerra para identificar inmuebles y sitios al parecer utilizados por integrantes de dicha célula delictiva para sus actividades ilícitas.
Resultado de ello, se logró ubicar e inhabilitar la cabaña en donde mantuvieron en cautiverio a la víctima, lugar en el que hallaron prendas con la leyenda “Fuerzas FM”, en tanto que, en acción diversa, aseguraron dos vehículos, un arma de fuego, más de 100 cartuchos útiles, un chaleco táctico y equipos de radio comunicación.
Con los datos de prueba recabados el Agente del Ministerio Público solicitó y obtuvo de la Autoridad Judicial orden de aprehensión en contra de Pablo “N” alias "Mini" y/o "El Pelón", Eulalia “N” y Rey Francisco “N”, mandamiento judicial que, el 7 de diciembre pasado, fue cumplimentado en contra de estos dos últimos y se mantiene vigente en contra de alias “Mini” y/o “El Pelón”.
Eulalia “N” y Rey Francisco “N” quedaron a disposición de la Autoridad Judicial al interior del Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Santiaguito en Almoloya de Juárez, quien los vinculó a proceso por su probable intervención en el delito de secuestro exprés con la finalidad de cometer el de extorsión, como autores que acuerden o preparen su realización, el cual se encuentra previsto y sancionado en los artículos 9 fracción I, inciso d) y 10 fracción I, incisos c) y d) de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI, del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Juez de Control determinó tres meses como plazo para el cierre de investigación complementaria y medida cautelar de prisión preventiva justificada. A los detenidos se les debe considerar inocentes hasta que sea dictada una sentencia condenatoria en su contra.
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