Toluca/Estado de México
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM), informó que al cierre del ejercicio 2024, el derecho humano con mayor incidencia de quejas fue el derecho a la debida diligencia con 565 expedientes iniciados, de los 5,842 totales del año.
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De acuerdo con el Catálogo para la calificación de violaciones a derechos humanos de la CODHEM, éste se refiere a la garantía de todas las personas a la máxima eficiencia y celeridad en cualquier procedimiento jurisdiccional o administrativo, para el aseguramiento de sus intereses y pretensiones, es decir que las autoridades no deben dificultar o impedir el desahogo de un proceso oportuno y legal, en perjuicio de la población.
Indicó la CODHEM en el Informe 2024, presentado por su titular Myrna García Morón, que el segundo puesto en incidencia de quejas lo ocupó el derecho a no ser sometido a acoso laboral, con 447 quejas; el derecho a una educación libre de violencia, con 442 expedientes; y el derecho a la fundamentación y motivación, con 428: éste último, referente a que todo acto de molestia en la persona, familia, domicilio, papeles y posesiones, se debe derivar de un mandato emitido por una autoridad competente, donde se funde y motive la causa legal del procedimiento.
Dentro de la lista de mayor incidencia en quejas ante la CODHEM en 2024, figuraron también el derecho a una adecuada administración y procuración de justicia, con 354 expedientes; derecho a no ser sometido a violencia institucional, con 259; derecho a no ser sometido al uso desproporcional o indebido de la fuerza pública, con 233; a la protección de la integridad, 230; y a recibir atención médica integral, 230.
Finalmente, en menor medida se ubicó el derecho a una estancia digna y segura, para personas privadas de libertad; derecho al respeto de la situación jurídica; a la protección contra toda forma de violencia; derecho de petición; a recibir una educación en igualdad de trato y condiciones; a recibir los medicamentos y tratamientos correspondientes al padecimiento; y el derecho a la vinculación social de las personas internas.
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