Toluca/Estado de México
El presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, Jorge Olvera García, aseguró al cuarto regidor del Ayuntamiento de Otzolotepec, Miguel Ángel Peña Fernández, que el organismo defensor respalda totalmente la queja que presentó ante la negativa del gobierno municipal a reconocer al representante indígena, pues evidencia una flagrante vulneración a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.
En el marco de la clausura del Encuentro Artesanal Codhem 2019, el ombudsperson mexiquense, detalló que uno de los compromisos de esa actividad, fue “hacer que los integrantes de los pueblos originarios sean respetados y asegurar que su representatividad sea efectiva, con todos sus derechos y obligaciones, en todos los municipios de esta entidad federativa.”
En entrevista, el doctor Olvera García, informó que instruyó al visitador general de Toluca, Víctor Delgado Pérez, dar seguimiento puntual a este caso, a fin de garantizar que se acate la disposición legal para que sea reconocido Antonio Félix Luis Martínez, originario de la comunidad de San Mateo Capulhuac y representante del sector indígena.
Por su parte, el regidor puntualizó que la alcaldesa, Erika Sevilla Alvarado, emitió un pronunciamiento por escrito donde se niega de manera rotunda el derecho del representante indígena a ejercer esa representatividad, a pesar de que Otzolotepec está catalogado como pueblo indígena al tener tres comunidades de origen otomí: San Mateo Capulhuac, Santa Ana Jilotzingo y la Comunidad de La Y, con aproximadamente 25 mil habitantes (INEGI), de los 78 mil que en total tiene el municipio.
El regidor e integrante de las comisiones edilicias de Derechos Humanos así como de Asuntos Indígenas, Miguel Ángel Peña Fernández, expresó que la alcaldesa Sevilla Alvarado y algunos regidores se niegan de manera expresa a reconocer la representatividad de la comunidad otomí, por lo que, además de la queja ante la Codhem, ha promovido algunos otros medios de impugnación.
El edil recordó que ya hubo resoluciones que ordenan a los gobiernos municipales notificar de manera personal al representante indígena, para que acuda a las sesiones de cabildo y tenga conocimiento de los asuntos relacionados con los grupos originarios; por tanto, el secretario del Ayuntamiento tiene la obligación de llevar a cabo tales acciones.
Cabe señalar que en abril del presente año, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, aprobó por unanimidad la resolución que indica que, aunque los representantes solo tengan poder de voz y no de voto, se les debe convocar a todas las sesiones que realice el cuerpo edilicio, tanto ordinarias como extraordinarias enfatizándose esa obligación cuando se traten asuntos en materia indígena; además, los ayuntamientos no pueden fijar las bases para que las comunidades indígenas elijan a quienes serán sus representantes, ya que es su derecho realizarlo conforme a usos y costumbres.