Toluca/Estado de México
El Órgano Interno de Control en la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMéx), tendrá a su cargo, prevenir, corregir, investigar y calificar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas de servidores públicos de la Universidad, sean sindicalizados, de confianza, o de elección, así como de particulares vinculados con faltas graves.
La iniciativa planteada por la Junta de Coordinación Política, indica que además deberá revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia, aplicación de recursos públicos federales, estatales, municipales o propios de la Universidad, así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delitos ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
La iniciativa de reforma también plantea adicionar el Título Sexto del Órgano Interno de Control, para precisar sus atribuciones, así como las responsabilidades de su titular, a fin de que pueda llevar a cabo la actividad que legalmente tiene encomendada.
De igual forma, señala que el titular de este Órgano Interno de Control deberá ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos, no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión por más de un año, contar al momento de su designación con experiencia de al menos cinco años en el control, manejo o fiscalización de recursos y ser egresado de la UAEMex.
Durará en su encargo cuatro años pudiendo ser designado por un período inmediato posterior al que se haya desempeñado, previa postulación.
Entre sus artículos transitorios propone que los recursos humanos, financieros y materiales que estén asignados a la Contraloría Universitaria, sean transferidos al Órgano Interno de Control, en tanto que su titular tendrá un plazo de 30 días naturales para proponer al Consejo Universitario el proyecto de Reglamento Interno, mientras que la Universidad tendrá 30 días naturales para armonizar su normatividad interna.
Señala que la Legislatura tiene la facultad de designar a los titulares de los órganos a los que la Constitución Política local otorgue autonomía y que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos del estado, como un mecanismo de combate a la corrupción.
Por último refiere que las designaciones hechas por la Legislatura, legitiman el actuar de los órganos autónomos y generan una nueva cultura de control y vigilancia, rescatando la confianza de la sociedad en sus instituciones.