Estado de México
El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), resolvió durante sesión pública y por una denuncia presentada por el PAN, que morena cometió un acto de violacion electoral en Tlalmanalco, por lo que le impuso una amonestación pública.
En el Procedimiento Especial Sancionador, PES/52/2021 promovido por el PAN para denunciar al partido Morena, al considerar que llevó a cabo la pinta de una barda del equipamiento urbano, en Tlalmanalco transgredió el marco jurídico electoral, por lo que el órgano jurisdiccional TEEM declaró existente la violación objeto de la denuncia e impuso una amonestación pública a Morena.
También vinculó al IEEM y al TEEM para publicar la sentencia en sus estrados, además de remitir copia certificada del expediente, al ayuntamiento de Tlalmanalco, para proceder conforme a derecho.
Respecto al PES/58/2021 presentado por Alfredo Espinoza Carrera, también en contra de Morena y de la agrupación Unid@s, por la pinta de una barda perimetral perteneciente a las instalaciones del organismo descentralizado de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del ayuntamiento de Nezahualcóyotl, lo que vulnera lo establecido en el artículo 262, fracción V, del Código Electoral del Estado de México, el Tribunal declaró, existente la violación objeto de la denuncia, por lo que también impuso una amonestación pública a Morena y vinculó al IEEM y al TEEM para que publiquen la sentencia en sus estrados.
Asimismo, en el PES/30/2021 promovido por el representante del PRD ante el IEEM, en contra de Azucena Cisneros Coss, diputada local, por la realización de promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, difusión de propaganda, lo que vulnera los principios de equidad en la contienda electoral, se determinó declarar inexistente la violación, objeto de la denuncia.
En el expediente JDCL/133/202 promovido por Eduardo Alonso Moreno, militante de Morena, en contra del acuerdo IEEM/CG/96/2021, emitido sobre las modificaciones al convenio de coalición parcial denominada “Juntos haremos historia en el Estado de México” integrada por los partidos Morena, del Trabajo (PT) y Nueva Alianza Estado de México (NA), el Pleno del TEEM decretó el sobreseimiento parcial y confirmar el acuerdo impugnado.
En el Recurso de Apelación RA/33/2021 interpuesto por el representante del PRD ante el IEEM para impugnar el acuerdo IEEM/CG/94/2021, única y exclusivamente en lo relativo a la aprobación de los bloques de competitividad presentados por Morena y por la coalición de Morena, PT y NA así como los relativos por la candidatura común integrada por los mismos partidos, el TEEM determinó sobreseer parcialmente el medio de impugnación.
De igual manera vinculó al IEEM para acatar el fallo y confirmar el acto impugnado en el presente recurso de apelación.
Sobre el PES/46/2021 presentado por Azucena Cerrillo Vázquez, primera regidora del municipio de Ecatepec, en contra de Luis Fernando Vilchis Contreras, presidente municipal y otros, por la presunta comisión de actos de violencia política en razón de género, derivada del ocultamiento de información con el objetivo de impedir el desarrollo de las funciones inherentes al cargo que desempeña la denunciante, el pleno declaró inexistente la infracción denunciada.
En el PES/44/2021 promovido por Enrique Sepúlveda Barrera y Alejandro Ortega de la Cruz, representantes propietario y suplente de Morena ante el consejo municipal 55 del IEEM con cabecera en Metepec, en contra de Carlos Rolando Santiago Vega, precandidato a presidente municipal de Metepec, por presuntos actos anticipados de campaña, el Tribunal resolvió declarar inexistentes las violaciones objeto de la denuncia.