Estos días de 2023 no se laborará en #Edoméx

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Estos días de 2023 no se laborará en #Edoméx

Viernes, 23 Diciembre 2022 14:13 Escrito por 
Personal del Gobierno de Estado de México tendrá en el 2023 10 días de asueto por fechas en el calendario. Personal del Gobierno de Estado de México tendrá en el 2023 10 días de asueto por fechas en el calendario. Foto: Especial

Toluca/Estado de México

De acuerdo con el Gobierno del Estado de México, personal de las diversas áreas que lo componen, así como organismos auxiliares, tendrán en 2023 10 días de asueto por fechas en el calendario, además de cuatro periodos vacacionales.

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El acuerdo fue publicado en la Gaceta de Gobierno del Estado de México Artículo Segundo y define que serán días no laborales los siguientes:

  • 1 de enero: Inicio del año 2023
  • 6 de febrero: En conmemoración del 5 de febrero, Aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • 2 de marzo: En conmemoración del aniversario de la fundación del Estado de México.
  • 21 de marzo: En conmemoración del natalicio de Benito Juárez García.
  • 1 de mayo: Día del Trabajo.
  • 5 de mayo: En conmemoración del Aniversario de la Batalla de Puebla.
  • 16 de septiembre: Aniversario del inicio de la Independencia de México.
  • 2 de noviembre: Día de Muertos.
  • 20 de noviembre: En conmemoración del Aniversario del inicio de la Revolución Mexicana.
  • 25 de diciembre: Navidad.

Mientras que los periodos vacacionales serán los siguientes:

Del 2 al 4 de enero, del 3 al 7 de abril, del 24 al 28 de julio y del 20 de diciembre de 2023 al 4 de enero de 2024.

El documento señala que, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 24 fracciones XXXIII y LXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 70 de la Ley del Trabajo de los servidores públicos del Estado y Municipios; 12 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 123 del Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo de los Servidores Públicos Generales del Poder Ejecutivo; y 7 fracciones I y XI inciso J del reglamento interior de la Secretaría de Finanzas, se ha expedido el siguiente acuerdo por el que se establece el calendario.

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