Toluca/Estado de México
Funcionarios de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) coincidieron en que es viable autorizar la portación de rociadores, espolvoreadores, gasificadores y dosificadores de sustancias químicas de uso manual, siempre y cuando se utilicen con fines de seguridad y legítima defensa.
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Aunque advirtieron que se deben tener en cuenta los efectos, a fin de que sean pasajeros y no provoquen pérdida del conocimiento.
La Comisión, Procuración y Administración de Justicia del Congreso local continuó analizando la iniciativa para permitir los rociadores, espolvoreadores, gasificadores y dosificadores de sustancias químicas para defensa personal, siempre y cuando su capacidad no sea superior a los 150 gramos, lo mismo que de armas electrónicas que produzcan efectos pasajeros en el organismo humano, sin llegar a provocar la pérdida del conocimiento.
Ello, en reunión con autoridades estatales, quienes expresaron sus propuestas y comentarios respecto a la iniciativa que busca fortalecer la autoprotección de las personas, especialmente de las mujeres.
Esta propuesta es del PRD y busca impulsar la Ley “Me Cuido Sola”, dentro de la cual se plantea una modificación al artículo 179 del Código Penal mexiquense, a fin de que se consideren armas prohibidas los gases y teasers que produzcan efectos pasajeros.
Maricela Xicoténcatl Elizaga y Elvira Díaz Salgado, de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, y Javier Domínguez González, de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, coincidieron en adicionar una disposición para que quien utilice los artículos planteados, no sean sujetos a una responsabilidad penal.
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