Toluca/Estado de México
El sector empresarial en el Estado de México lamentó la manera en que ha sido redactada la Reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (LGPSEDMTP), en la cual se deja en desprotección al sector empresarial y se coloca a los generadores de empleo en la misma posición que a tratantes de personas y las redes del crimen organizado.
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La reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 7 de junio, establece penas de cárcel al sector privado en caso de exceder las 9 horas extras de trabajo semanales, aun cuando esto haya sido consensuado con el colaborador y se esté realizando el pago al 100% extra como marca la ley.
Mauricio Massud Martínez, Presidente del Consejo de Cámaras y Asociaciones Empresariales del Estado de México (Concaem), señaló que la redacción del documento hace referencia a un esquema de “explotación laboral”. Sin embargo, en los esquemas actuales no existe sometimiento o beneficio injustificable que atente contra la dignidad de las personas.
“Es indispensable que la siguiente Legislatura y la Secretaría del Trabajo hagan las correcciones inmediatas al texto publicado y se establezcan las condiciones de consenso que se generan entre patrón y trabajador. Solo en el caso de los servicios de seguridad, donde se tienen turnos de 12 horas, es una condición pactada que beneficia a ambas partes, permitiendo optimizar recursos para los colaboradores e impulsando la convivencia familiar”.
Señaló que actualmente hay sectores en la industria que han establecido jornadas de 12 horas o la rotación de turnos en sus Contratos Colectivos de Trabajo, permitiendo así eficientar el proceso productivo y generar un beneficio económico para los colaboradores.
“Desde el sector formal, siempre ha sido y será una prioridad cuidar la integridad y salud de los colaboradores, respetar sus derechos y otorgar las prestaciones de ley. Vemos que no hay una redacción o enfoque adecuado en esta reforma, ni medidas que disminuyan la informalidad o garanticen los derechos de las personas que, siendo contratadas por terceros, trabajan en las calles en condiciones insalubres, sin ningún tipo de protección o derecho”.
Desde el sector empresarial, las recomendaciones son:
Si se trabajan horas extraordinarias en la fuente de trabajo, en ningún caso deberán exceder de 3 horas diarias, 3 veces por semana, con la remuneración documentada por este tiempo, con un adicional del 100% del salario correspondiente a las horas de trabajo por día.
Si es imperativo que un empleado trabaje más de 9 horas extras a la semana, se debe obtener por escrito el consentimiento del empleado para laborar esas horas extras, mismas que deberán cubrirse con un 200% adicional de los salarios correspondientes a ese tiempo.
La publicación de la reforma establece penas que van desde 3 hasta 10 años de prisión, además de multas que van desde 5 mil hasta 50 mil días de salario mínimo.
De acuerdo con el último reporte del Instituto Mexicano para la Competitividad, en el Estado de México, el 57% de la población que realiza actividades económicas lo hace sin ningún tipo de seguridad social, prestaciones, pago de horas extras y, en muchos de los casos, sin un contrato firmado.
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