Durante los últimos meses hemos escuchado hablar sobre “moratoria constitucional” promovida por tres partidos de la oposición; sobre las reformas constitucionales (a un artículo transitorio de la Constitución) para determinar si la Guardia Nacional y las policías pueden contar o no con el apoyo de la Secretaría de la Defensa Nacional por más tiempo.
En esta columna hemos platicado sobre la conformación actual de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, lo que le facilita al bloque legislativo oficial a realizar reformas legales y la aprobación del presupuesto, sin necesidad de recibir un solo voto de la oposición. Sin embargo, para el caso de las reformas constitucionales se requiere de la mayoría calificada, es decir, de los votos del bloque oficial y de buena parte de la oposición para completar 2/3 partes del Senado y de los diputados federales, respectivamente. El trámite legislativo que continúa es la aprobación de la mayoría de las Cámaras de Diputados de los Estados. Todo lo anterior se conoce como el Constituyente Permanente.
En México contamos con una Constitución rígida, es decir, se requiere de un proceso complejo para reformarla (el descrito en el párrafo anterior) y no basta con la aprobación de la mayoría de los legisadores federales para modificar la Constitución Federal.
En gran parte del mundo las Constituciones preveen las normas fundadores y derechos humanos de las personas, por el contrario en México se incluye la regulación general del gobierno, de manera que la mayoría de los Gobiernos ha buscado que sus políticas públicas queden integradas en la Constitución a pesar de que la desnaturalizan. Las políticas públicas y la manera en que se organiza un gobierno o sus políticas públicas deben estar incluidas en la legislación y en los planes y programas.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos promulgada en 1917 ha cambiado en cientos de ocasiones, para que nos demos una idea de 1917 a 2018 creció de 21,382 a 111,783 palabras.
Tan solo en la gestión de Enrique Peña Nieto como Presidente de la República, la Constitución se reformó en 155 ocasiones, más que el número de artículos que contiene.
¿Es común que las Constituciones se reformen en tantas ocasiones?
La respuesta es no, la Constitución de los Estados Unidos, promulgada en 1787 ha tenido únicamente 27 enmiendas en 231 años; la Constitución española de 1978 ha sido reformada en tres ocasiones y la Constitución Brasileña de 1978 ha sido modificada por 70 decretos.[1]
La reforma a la Constitución debería ser algo extraordinario, por suponer un complejo proceso legislativo que implica grandes consensos políticos, desafortunadamente pareciera que en México todo debe estar regulado a nivel Constitucional.
El problema no es la Constitución, es la desnaturalizaciónde la misma que ha provocado que discusiones como la que actualmente se desarrolla sobre la participación del ejército en materia de seguridad, no sea una política de seguridad o una regulación legal, sino que requiera de un complejo proceso legislativo, mientras que la población de nuestro país, seguirá esperando respuestas eficaces para el combate a la delincuencia.
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[1] Para más información puedes consultar el informe http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/handle/123456789/4193