¿Conoce usted a un grupo de trabajadores organizados, capacitados y adiestrados en operaciones básicas de prevención y protección contra incendios que no sean los bomberos de su ciudad? ¿Que además puedan proporcionar primeros auxilios, identificar riesgos y ayudar en labores de evacuación en caso de emergencia dentro de un inmueble? No, verdad. Pues a este grupo se le conoce como Brigada Contra Incendio y, de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 Condiciones de seguridad-Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo, este grupo de personas debe existir en cada lugar que usted visite, entiéndase escuelas, mercados, hospitales, cines, centros comerciales, bancos, entre muchas otras instituciones públicas y privadas.
¿Usted los ha visto haciendo recorridos preventivos, dando recomendaciones o actuando cuando ocurre un incidente? Pues aunque la citada norma “rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo”, la Brigada Contra Incendio que todo inmueble debe tener para prevenir y combatir incendios brilla por su ausencia. Quizá la razón sea porque la referida norma no contiene en su texto las palabras: obligatorio, sanción, multa, clausura o rendición de cuentas. Y las cinco veces que menciona la palabra “responsabilidad” se la atribuye a la Brigada Contra Incendio –que difícilmente existe–, o a los trabajadores, nunca al patrón o dueño del inmueble.
Aunque la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 carece de dientes afilados y garras que obliguen de alguna forma a su cumplimiento generalizado, es una norma muy sencilla de comprender; suficiente en su carácter preventivo y eficiente en su método para ser implementada, sin embargo su carácter meramente enunciativo, carente de mecanismos objetivos y vinculatorios, la limita al ámbito de acción de las empresas e instituciones verdaderamente comprometidas con la prevención, conscientes del grado de riesgo de incendio que alojan en su interior y de aquellas que cuidan de sus empleados, clientes y proveedores no menos que de su patrimonio y prestigio. Es decir, de la minoría.
Cuando una organización se propone verdaderamente a cuidar su principal activo –las personas– y hacer eficaz su inversión en materia de prevención de riesgos se da cuenta de que es muy sencillo, rentable y productivo destinar recursos para evitar y controlar posibles incendios ¿Por qué? Porque la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 tiene muchas cualidades, entre estas la de brindar información básica para que los empleados y visitantes conozcan y eviten riesgos; desarrollo y prácticas para que en cada área de trabajo se identifique condiciones inseguras y potenciales riesgos a través de la difusión, capacitación y máxima publicidad de los conceptos asociados al riesgo de incendio.
Mediante la implementación del Estudio de Clasificación de Riesgo de Incendio, incluido en el Apéndice A de la multicitada norma, se da oportunidad a que los trabajadores lleven a cabo un análisis y deducción lógica de la pertinencia de reducir las cargas de fuego y hacer eficientes y seguros los procesos de almacenaje, manejo, traslado y retiro de materiales inflamables y combustibles, asumiéndolo como una práctica sencilla y cotidiana.
El procedimiento de conformidad de la norma implica elementos de reiteración y diversificación de medidas preventivas y de mitigación que abonan en la construcción de hábitos laborales y generación de una cultura corporativa en materia de prevención de incendios que, casi de manera inercial, conducen al proceso de autoevaluación y mejora continua automáticamente.
También, desde luego, todas las dudas básicas de dónde se coloca un extintor, de qué tipo, a qué altura y a qué distancia, son disipadas en esta imprescindible norma; así como los tipos de sistemas: fijos, automáticos, manuales; de gas, agua, espuma y polvo; detectores y aspersores; la señalización, el plan de emergencia, los croquis, las zonas seguras y de riesgo, las salidas de emergencia, las brigadas y el equipamiento.
Todo. Todo lo tiene esta norma, menos la posibilidad de verla implementada, más que en los inmuebles donde la gestión de riesgos no es algo obligado por la autoridad, ni un trámite más, sino una filosofía y convicción seguridad organizacional. Esto es también protección civil. ¡Cuídese! ¡Que su semana sea de éxito!
Hugo Antonio Espinosa
Fue Director del Heroico Cuerpo de Bomberos de Toluca,
Subdirector de Protección Civil e Inspección en la SCT Federal.
Actualmente es Subdirector de Emergencias en el Valle de Toluca, en la Coordinación General de Protección Civil, EDOMEX