Las pensiones del IMSS en el contexto de los distintos modelos de familia
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Las pensiones del IMSS en el contexto de los distintos modelos de familia

Viernes, 24 Abril 2026 00:00 Escrito por 
Justicia que transforma Justicia que transforma Jesús Ángel Cadena Alcalá

La familia mexicana ya no tiene una sola forma. Si bien durante muchos años el modelo “clásico” fue el matrimonio entre hombre y mujer, hoy la realidad es mucho más diversa: hay matrimonios entre personas del mismo sexo, concubinatos, uniones civiles e incluso situaciones donde alguien está casado y, al mismo tiempo, convive como pareja con otra persona. El derecho ha tenido que ponerse al día con esta realidad.

Este cambio en la forma de entender a la familia ha impulsado importantes reformas legales. En el campo de la seguridad social, el 20 de enero de 2023 se reformó la Ley del Seguro Social (LSS) para reconocer que los matrimonios entre personas del mismo sexo tienen exactamente los mismos derechos y obligaciones que los demás matrimonios. Además, a partir de esa reforma, quien haya firmado una unión civil con un asegurado o pensionado fallecido también puede cobrar una pensión de viudez.

Por su parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) también ha dado pasos importantes en esta dirección. Ha declarado inconstitucionales varios artículos de la LSS que favorecían al matrimonio tradicional por encima del concubinato y otras formas de pareja. Un ejemplo concreto: la Corte determinó que es discriminatorio exigir que quienes viven en concubinato estén solteros para que esa unión sea válida ante la ley, pues cada persona tiene derecho a decidir libremente cómo formar su familia. Este criterio refleja una realidad muy mexicana: muchas parejas se separan, pero nunca tramitan el divorcio, ya sea por el costo, por la distancia o simplemente porque la cultura lo hace difícil. Con el tiempo, esas personas forman una nueva familia. Según la Corte, sería injusto negarles derechos solo porque el matrimonio anterior no quedó disuelto en papel, sobre todo cuando esa nueva pareja tiene hijos y convivió junta hasta el final.

La SCJN también ha ampliado la protección a niñas, niños y personas adultas mayores en situaciones que la ley no contemplaba. Por ejemplo, ha reconocido que los niños huérfanos criados por su abuelo asegurado o pensionado pueden recibir una pensión cuando él fallece. Igualmente, cuando los papás adultos mayores o con discapacidad dependían económicamente del trabajador fallecido, la Corte ha reconocido que tienen derecho a una pensión junto al cónyuge y los hijos.

Estos criterios representan un avance real en materia de derechos humanos: la seguridad social ya no es solo para las familias “de manual”, sino para todas. Esta nueva visión ha llegado también a los tribunales, que cada día aplican la Constitución y los tratados internacionales para proteger a trabajadores asegurados, pensionados y sus dependientes, incluso cuando la ley ordinaria todavía no los reconoce.

Aquí es donde aparece uno de los problemas más graves: entre que la Corte declara inconstitucional una ley y el Congreso la actualiza, pueden pasar años. Durante ese tiempo, el IMSS está obligado, por el principio de legalidad, a seguir aplicando la ley tal como está, aunque sea discriminatoria. Esto deja a viudas, viudos, huérfanos y padres sin más opción que enfrentar un proceso judicial largo y desgastante para obtener una pensión a la que tienen derecho. Un ejemplo que ilustra bien esto: antes de la reforma del 20 de enero de 2023, si una persona viuda de un matrimonio entre personas del mismo sexo iba al IMSS a pedir su pensión de viudez, se la negaban porque la ley solo reconocía matrimonios heterosexuales. Esto ocurría a pesar de que la Corte ya había declarado ese trato inconstitucional desde hacía más de una década y de que, desde junio de 2011, el artículo 1°, quinto párrafo, de la Constitución prohíbe expresamente discriminar a alguien por sus preferencias sexuales.

Por eso, el Congreso tiene una responsabilidad enorme: si no actualiza las leyes a tiempo, millones de personas quedan desprotegidas. Para dimensionar el problema: al 31 de marzo de 2026, el IMSS tenía registrados 22,724,680 puestos de trabajo afiliados, una de las cifras más altas en la historia del empleo formal en México. Dentro de ese universo, ¿cuántas familias están viviendo hoy sin poder cobrar la pensión que les corresponde porque la ley aún no las reconoce? Por su parte, el Poder Judicial tampoco puede quedarse atrás: los tribunales laborales deben resolver estos casos con rapidez y sensibilidad, sin perder de vista la estabilidad financiera del IMSS.

En resumen, el derecho a la seguridad social está cambiando, y para bien. Las reglas que durante décadas se aplicaron de forma rígida hoy se reinterpretan para proteger a más familias mexicanas. Como autoridades, tenemos el compromiso de dar a conocer estos cambios y actuar con eficiencia, para que quienes tienen derecho a una pensión puedan empezar a recibirla y a disfrutar de la atención médica del IMSS cuanto antes.

En colaboración con Germán Gutiérrez León.

 
 
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Jesús Ángel Cadena Alcalá

Justicia que transforma