Toluca Estado de México
La diputada de Morena, María Elizabeth Millán García, propuso, en la Diputación Permanente, reformas al Código Penal del Estado de México con la intención de integrar seguimiento de oficio, tanto en el incumplimiento de obligaciones como en el abandono de incapaces, cuando la agravante se cometa en menores de edad, personas enfermas y adultos mayores.
Conforme a propuesta, la situación de los adultos mayores, de 60 años o más, ha adquirido una gran relevancia. Basta mencionar que en el año 2000 las estadísticas y proyecciones del Consejo Nacional de Población establecían, para el Estado de México, una población de 737 mil 968 adultos mayores. Para 2010 se preveía que este rango poblacional ascendería a un millón 210 mil 321 habitantes y, para 2030, se proyecta a 3 millones 335,008 ciudadanos, es decir, habrá más adultos mayores que jóvenes menores de 15 años. En tanto que, para 2050, 30 por ciento de la población tendrá más de 60 años.
Asimismo, se refiere que en la actualidad las personas adultas mayores son seres marginados y vulnerables en su condición humana, situaciones sociales que derivan en inseguridad social y económica.
“Los actos de discriminación colocan en situación de riesgo a las personas adultos mayores, al aislarlos tanto física como psicológicamente de su propio entorno y al no considerarlos en la toma de decisiones importantes”.
Delitos como el despojo de bienes en personas de la tercera edad, por parte de aquellos que tienen la obligación moral y jurídica de procurarlos, es sólo un ejemplo de las conductas antijurídicas que se están generalizando, lo que además, ocasiona una situación de desamparo.
Además, la violencia en sus diferentes tipos, es otra de las conductas que victimiza a este grupo poblacional, que termina generalmente en abandonos en instituciones como asilos, hospitales, centros comerciales u otros lugares públicos.
Es por ello que con esta propuesta se busca garantizar a grupos poblacionales como son los menores de edad, los enfermos incapaces de cuidarse a sí mismos y los adultos mayores, que sus familiares, o quienes tengan la obligación legal de proporcionarles recursos para atender sus necesidades de subsistencia, no los abandonen.
Dato
De aprobarse reformas al artículo 217 del Código Penal, se agrega que el delito de incumplimiento de obligaciones cometido en contra de adultos mayores sea perseguido de oficio, así como el 254, para agravar hasta el doble de la pena máxima la comisión del delito de abandono de incapaces, cuando estos sean menores de edad, personas enfermas o adultos mayores.