Toluca/Estado de México
Los diputados mexiquenses aprobaron en comisiones la “Ley Ingrid”, propuesta que busca penalizar la difusión indebida de imágenes, archivos o información de una investigación, principalmente en perjuicio de niñas, adolescentes y mujeres.
En presencia de Luis Francisco Fierro Sosa, director de la Fiscalía General de Justicia, se discutió la propuesta presentada por distintos partidos.
Durante la reunión de comisiones legislativas de Procuración y Administración de Justicia con la Comisión Especial para las Declaratorias de Alerta de Género contra las Mujeres por Feminicidio y Desaparición, los morenistas aseveraron que con la difusión de imágenes de víctimas, las personas se han vuelto insensibles ante la violencia creciente y sobre todo contra la mujer, por lo que debe prevenirse la violencia mediática de género que inunda redes sociales y medios gráficos.
Es por eso que se reforma el Código Penal del Estado de México, para establecer como tipo penal el delito de revelación o difusión indebida de imágenes, archivos o información de una carpeta de investigación en trámite, así como para incorporar como agravantes cuando sea cometido en perjuicio de niñas, adolescentes o mujeres y cuando sea cometido por servidores públicos.
“La Ley Ingrid pretende asegurar que la información personal de una mujer, de una muerta, esté protegida y no pueda ser publicada como consecuencia de filtraciones, ya que se ha encontrado que hay publicaciones y exposición de imágenes gráficas alusivas a distintas formas de agresiones, y esto lleva a la normalización de los actos agresivos”, plantea la propuesta.
Asimismo las reformas al Código Penal establecen sancionar con penas de 3 a 6 años de prisión al que indebidamente difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, video grabe, audio grabe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos relacionados con un hecho que la Ley señala como delito.
Si se trata de imágenes, audios o videos de cadáveres o parte de ellos, las penas, se incrementarán hasta en una tercera parte. Y si son imágenes, audios o videos de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, las penas aumentarán hasta en una mitad, y cuando los responsables sean servidores públicos.
Es así que en el momento que se apruebe, la comisión incluirá en un solo dictamen las propuestas similares que presentaron las bancadas tricolor y del sol azteca, para sancionar a servidores públicos que filtren información de las víctimas.