Ciudad de México
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 57/2021 al Rector de la Universidad Nacional Autónoma Chapingo (UACH), José Solís Ramírez, luego de que no tuvo respuesta por parte de dicha Universidad a una propuesta de conciliación en torno a las violaciones a los derechos humanos de diez estudiantes de la Preparatoria Agrícola de la UACH, ocurridas durante un viaje de estudios.
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La recomendación de esta Comisión Nacional se originó en la queja presentada el 4 de diciembre de 2018 por la madre de una de las personas agraviadas. La recurrente manifestó que el 6 de octubre de 2018 su hijo realizó un viaje de estudios, para realizar prácticas de campo, yendo como responsable un profesor del centro de estudios, quien lo abandonó en la carretera junto con otros diez alumnos, todos ellos menores de edad cuando ocurrieron los hechos. Los estudiantes se comunicaron con la persona que tiene a su cargo la Preparatoria, quien les proporcionó un medio de transporte alterno.
No obstante, cuando los estudiantes arribaron a su destino, el profesor responsable del grupo dio instrucciones de que no se les permitiera el acceso al hotel donde se hospedaría el grupo, no les permitió la salida del hotel ni contar con una adecuada alimentación. Posteriormente, al regresar a las aulas, los excluyó de toda actividad académica, los amenazaba, humillaba y denigraba públicamente.
La madre de la víctima presentó un escrito dirigido a la persona que tiene a su cargo la Preparatoria Agrícola, en el cual pedía conocer las acciones para investigar el comportamiento del profesor. Al no recibir respuesta alguna, solicitó la intervención de la CNDH. Este Organismo Autónomo envió al responsable de la Unidad Jurídica de la UACH la propuesta de conciliación. Ante la falta de respuesta por parte de la Universidad mencionada, se actualizó la negativa ficta de la autoridad involucrada, emitiéndose la Recomendación 57/2021.
A partir de la integración y análisis jurídico del expediente realizado por personal adscrito a la CNDH, se contó con evidencias que permiten acreditar violaciones a los derechos humanos, a la integridad personal, a la seguridad jurídica, así como la inobservancia al principio del interés superior de la niñez en agravio de los diez estudiantes, atribuibles a la Universidad Autónoma Chapingo.
La conducta desplegada por el profesor puso en riesgo la integridad y seguridad personal de los estudiantes, siendo que su obligación era procurar el bienestar de éstos, ya que se encontraban bajo su responsabilidad.
Por otra parte, la persona que tiene a su cargo la Preparatoria Agrícola incumplió con su deber de levantar el acta administrativa correspondiente para que se pudieran sancionar los hechos y garantizar así que los servidores públicos adscritos a la Preparatoria a su cargo no vulneraran los derechos humanos de los educandos.
Esta Comisión Nacional considera que se dejó de observar el principio del interés superior de la niñez, por omitir realizar una investigación adecuada y objetiva de los hechos del profesor, minimizando las consecuencia y repercusiones que pudo haber generado su conducta, además de que no se implementaron las medidas y sanciones respectivas para salvaguardar a los estudiantes y evitar futuras situaciones similares.
Con base en lo anterior, la CNDH recomendó al rector de la UACH que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se realice el ingreso del estudiante al Registro Nacional de Víctimas, dejando a salvo los derechos del resto de los alumnos agraviados para que, en los mismos términos, les sea reconocida la personalidad jurídica como víctimas una vez que lo soliciten; encomienda también colaborar con la instancia investigadora en el trámite y seguimiento de la queja que la CNDH presente ante la Contraloría General de la UACH contra los servidores públicos responsables.
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Además, requiere que se giren instrucciones para que se revise el marco normativo interno de UACH y de la Preparatoria Agrícola de dicha Universidad, aplicable a las faltas administrativas en que incurran los trabajadores académicos en agravio de los estudiantes y se realicen las reformas necesarias que permitan a las víctimas intervenir en las investigaciones administrativas; y solicita que, en un plazo de tres meses, se diseñe e imparta un curso de capacitación obligatorio para todo el personal que labora en la Preparatoria Agrícola de la UACH, que tenga como tema el respeto a los derechos humanos, específicamente sobre el derecho a la integridad personal y el principio de interés superior de la niñez, asegurándose de que tanto el profesor como el servidor público que tiene a su cargo la Preparatoria se encuentren dentro del grupo de personas capacitadas.