Toluca/Estado de México
En comisiones los diputados mexiquenses aprobaron la “Ley Ingrid” propuesta por la diputada Luzma Hernández para sancionar a funcionarios que “filtren” fotos y videos de víctimas en Edoméx.
A la cárcel quien difunda fotos de difuntos u objetivos en investigación penal
Es así que a los servidores públicos que incurran en dicha conducta se les impondrá de 3 a 7 años de prisión.
Es así que los funcionarios públicos de Salud, Fiscalía, Seguridad, entre otros que realicen en redes sociales u otros medios actos de difusión, entrega, publicación, transmisión, distribución, videograbación, reproducción, exposición, filmación, fotografía o compartan, oferten e intercambien imágenes relacionadas con cadáveres de personas, causando menoscabo en la dignidad, el honor y la intimidad de la víctima o la seguridad, paz y privacidad de sus familiares, se les impondrá una sanción de tres a siete años de prisión y multa de trescientas a ochocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA)z.
La propuesta de reforma al Artículo 227 Bis y adición a la fracción XVI del Artículo 335 del Código Penal del Estado de México, planteada por Luzma Hernández Bermúdez, tiene como finalidad de frenar “filtraciones” de imágenes y videos de víctimas y, en su caso, sancionar a todas aquellas personas que lo hagan.
“Cuando en la comisión de este delito participen servidores públicos de Salud, Protección Civil, Seguridad Pública, procuración y administración de justicia, o cualquier otro inherente a la cadena de justicia, que por su empleo, cargo o comisión tengan acceso a la información y documentos relacionados con objetos, indicios, evidencias, hallazgos o instrumentos vinculados a un procedimiento penal o a una investigación relacionada con un hecho delictivo, se le impondrá de tres a siete años de prisión y multa de trescientas a ochocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito”, indica el ordenamiento jurídico
Refiere que cuando el sujeto pasivo de este delito sean mujeres, niñas, niños, adolescentes o persona en situación de vulnerabilidad, la pena se incrementará hasta en una mitad más de la que le corresponda.
Es importante indicar que a esta propuesta se sumó una iniciativa similar presentada por la coordinadora del PVEM María Luisa Mendoza Mondragón, mismas que también contemplan sanciones a funcionarios públicos y toda persona que incurra en la referida conducta.
Es así que en el caso de las personas que realicen programas preventivos, educativos o informativos (periodistas) que diseñen e impartan las instituciones públicas, privadas o sociales, no serán sancionados por el desempeño de su trabajo profesional.
La adecuación a los referidos artículos del Código Penal estatal, identificada como “Ley Ingrid”, surge a partir de la difusión indebida en redes sociales y medios de comunicación del feminicidio de Ingrid “N” “N” registrado en 2020 en la Ciudad de México, y aunque ya había sido avalada por el Congreso mexiquense en julio de 2021 y publicada en Gaceta de Gobierno estatal en el mes de agosto de ese mismo año, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos impugnó el Decreto, y es así que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó el caso e invalidó la reforma al argumentar que se trataba de un tipo penal ambiguo.