Toluca/Estado de México
Los legisladores del Congreso del Estado de México aprobaron cuatro nuevas multas de tránsito como parte del Código Financiero. Estas oscilan entre 2 mil y 6 mil pesos; es decir, por ejemplo, pagarán 4 mil 149 pesos los automovilistas por recibir, acomodar o estacionar vehículos en la vía pública que no estén destinados para ello.
Conforme al decreto aprobado en el pleno del Congreso mexiquense, las otras tres nuevas infracciones de tránsito son reincidir en la multa anterior con 20 UMA (2,074$); además, ascenderá a 60 veces el valor del UMA (6,223.4$) por no contar con permiso para circular sin placas y tarjeta de circulación o que estén vencidas, y por circular sin una de las placas de circulación.
El diputado Faustino de la Cruz (Morena), integrante de las comisiones de Finanzas Públicas, Gobernación y Puntos Constitucionales, destacó que hubo una reducción importante en los montos del primer proyecto al aprobado, pero no hubo una homologación con los montos impuestos en la Ciudad de México. Reconoció que es mucho más severo y tiene que ver con toda una cultura vial y de combate a la corrupción.
Agregó que los incrementos aprobados en la entidad mexiquense son proporcionales a la inflación y sí combaten la corrupción; además, permitirán mejorar la recaudación y con ello transparentar el destino de los ingresos. Especialmente, apuntó:
"Tenemos que transitar a una cultura vial de mayor responsabilidad por parte de la ciudadanía".
Aunque el proyecto inicial del gobierno mexiquense consideraba multas más elevadas de hasta 200 y 400 UMAS, los legisladores consideraron que elevar el monto de las infracciones no sería útil para generar conciencia entre los automovilistas, como lo planteaba el proyecto. Por lo tanto, hicieron ajustes de las sanciones.
De acuerdo con el Código Financiero, las multas de tránsito que deberán ser modificadas en el reglamento del estado para su aplicación quedaron de la siguiente manera: serán acreedoras a 4 mil 149 pesos o 40 veces el valor diario de la UMA vigente al momento de la misma, por conducir un vehículo sobre una isleta camellón o sus marcas de aproximación, por estacionarse en aceras, camellones, andadores y otras vías reservadas a los peatones, por no hacer alto para ceder el paso a los peatones.
De igual forma, a quienes se encuentren en el arroyo de los cruceros o zonas marcadas para su paso, por obstaculizar los pasos destinados para los peatones, por no ceder el paso a las ambulancias, patrullas de policía, vehículos del cuerpo de bomberos, los convoyes militares y el ferrocarril o por seguirlos, detenerse o estacionarse a una distancia que pueda significar riesgo. Asimismo, por recibir, acomodar o estacionar vehículos en la vía pública sin que dichas vías estén destinadas para tal fin.
La infracción será de 20 a 40 veces el valor diario de la UMA (2,074.8 a 4 mil 149 pesos) cuando no se use casco exclusivo para motos y anteojos protectores, tanto el conductor como, en su caso, sus acompañantes. También por transitar sobre las aceras y áreas reservadas para peatones, por llevar más personas de las autorizadas en la tarjeta de circulación, por llevar carga que dificulte su visibilidad, equilibrio o adecuada operación o constituya un peligro para sí u otros usuarios de la vía pública.
Por transportar a un pasajero entre el conductor y el manubrio, por transportar a un menor de edad cuando este no pueda sujetarse por sí mismo a la motocicleta y, estando correctamente sentado, no pueda colocar adecuada y firmemente los pies en los estribos o posa pies, excepto que cuente con los aditamentos especialmente diseñados para su seguridad, no podrán exceder por cada infracción.
La infracción será de 30 hasta 60 veces el UMA (3,100 a 6,223 pesos) para el supuesto de las multas por circular sin ambas placas; no coincidir los números y letras de las placas con la calcomanía y la tarjeta de circulación, por no respetar los carriles, derecho de circulación y de contraflujo o confinado para los vehículos de transporte público, masivo o de alta capacidad, por carecer de permiso para circular sin placas y tarjeta de circulación, o estar vencidos, y por circular sin una de las placas de circulación.
Así, quienes conduzcan bajo el efecto de drogas enervantes o psicotrópicos y por conducir en estado de ebriedad pagarán 5 mil 187 pesos. No podrán exceder por cada infracción 50 veces el valor diario de la UMA, sin que en su conjunto exceda de 100 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, que aplicará la autoridad competente.
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