¡Entérate! Así puedes postularte para juez o magistrado en Edoméx

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¡Entérate! Así puedes postularte para juez o magistrado en Edoméx

Viernes, 31 Enero 2025 20:24 Escrito por 
Abren proceso público para seleccionar jueces y magistrados Abren proceso público para seleccionar jueces y magistrados Foto: Cortesía

Toluca/Estado de México

La Cámara de Diputados mexiquense presidida por Francisco Vázquez Rodríguez y Maurilio Hernández González, presidente de la Junta de Coordinación Política y Mesa Directiva de la LXII Legislatura, respectivamente, emitió la Convocatoria donde se establecen los requisitos, procesos, fechas y reglas que deben seguir los licenciados, maestros y doctores en derecho que aspiren a una candidatura para poder competir en las urnas, el domingo 1 de junio, por el cargo de jueza, juez, magistrada y/o magistrado que les otorgarán con su voto las y los ciudadanos mexiquenses.

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En el marco de la sesión de apertura y deliberante del Segundo Periodo Ordinario del Congreso local, se aprobó por mayoría de votos que se emita la Convocatoria a través de la cual los Poderes del Estado: Ejecutivo Judicial y el mismo Legislativo, estarán facultados para conformar Comités de Evaluación e integrar el listado de candidaturas para la elección de las personas que desean desempañarse como juzgadoras en alguna de las 88 posiciones que están vacantes:

28 magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, 55 titularidades de juzgados y 5 magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial (instancia de nueva creación) y la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México; posiciones en las que aplicara la paridad de género.

La primera fase del proceso será elaborada, coordinada y ejecutada por los Comités de Evaluación que estarán conformados por especialistas en cada uno de los tres Poderes. 

A más tardar, el 10 de febrero, los Comités de Evaluación publicarán las convocatorias para participar en el proceso de evaluación y selección de postulaciones.

De dichos Comités surgirán los potenciales candidatos para el proceso de elección por voto libre, secreto y directo que el domingo primero de junio del 2025, podrán realizar las y los ciudadanos mexiquenses, a través de las urnas que instalará el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM).

Los Comités deberán establecer mecanismos para la recepción de solicitudes de las personas aspirantes a través de medios electrónicos y de manera física en los lugares que determinen y, en caso de que los aspirantes se conviertan en candidatos, en automático, otorgan su consentimiento para que se emita su perfil profesional, es decir versiones públicas de la documentación que aportaron en su momento.

“Se convoca a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado de México para que integren e instalen sus respectivos Comités de Evaluación y para que, a través de ellos, llamen y convoquen a la ciudadanía interesada mediante procesos públicos, abiertos, transparentes, inclusivos, accesibles y paritarios a participar en la elección de las personas que ocuparán los cargos”, se precisó durante la lectura de la Convocatoria.

Para el 26 de febrero, como fecha límite, los Comités de Evaluación depurarán su listado mediante insaculación pública para ajustarlo al número de postulaciones para cada cargo por cada Poder y publicarán los resultados en los estrados habilitados.

Para el 27 de febrero cada Poder tendrá que remitir su listado a la Legislatura; y a más tardar el 28 de febrero la Legislatura mexiquense integrará los listados y expedientes de las personas postuladas por cada Poder y los remitirá al Instituto Electoral del Estado de México, a efecto de que organice el proceso electivo.

Será así como el 24 de abril iniciará la etapa de campaña electoral de las y los candidatos a juzgadores; y el 28 de mayo se llegará a la conclusión de la etapa de campaña electoral, para dar paso a la celebración de la votación, domingo 1 de junio de 2025.  

Es de destacar que, para dicha elección de juzgadores, los partidos políticos y sus actores no podrán participar en las acciones, actividades y sesiones relacionadas con el proceso.

 

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Datos relevantes de la Convocatoria:                                                

Los Comités de Evaluación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, emitirán sus respectivas Convocatorias, bajo los siguientes requisitos de elegibilidad:

I. Ser ciudadana o ciudadano del Estado, mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.

II. Haber residido en la entidad durante el año anterior al día de la publicación de la presente Convocatoria.

III. Contar el día de la publicación de la presente Convocatoria con título de licenciatura en derecho expedido legalmente y haber obtenido un promedio general de calificación de cuando menos ocho puntos o su equivalente y de nueve puntos o equivalente en las materias relacionadas con el cargo al que se postula en la licenciatura, especialidad, maestría o doctorado. Para el caso de Magistrada y Magistrado del Tribunal Superior de Justicia, además, deberá contar con práctica profesional de al menos tres años en un área jurídica afín a su candidatura.

IV. Gozar de buena reputación y no haber sido condenada o condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad. Para el caso de Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, deberán ser personas que se hayan distinguido por su capacidad profesional, honestidad y honorabilidad en el ejercicio de sus actividades.

V. Para el caso de Magistradas y Magistrados, no haber ocupado en el Estado el cargo de titular de Secretaría o equivalente, Fiscal General de Justicia, Senadora o Senador, Diputada o Diputado federal o local, Presidenta o Presidente Municipal, durante el año previo al día de la publicación de la presente Convocatoria.

VI. No estar condenada o condenado por sentencia ejecutoriada por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, o por delitos de violencia familiar, contra la libertad sexual o de violencia de género.

VII. No estar inscrita o inscrito en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. Las personas que aspiren a un cargo de elección del Poder Judicial no podrán ser seleccionadas como candidatas si también son candidatas a un cargo del Poder Judicial de la Federación, en cuyo caso deberán desistirse de dicha postulación. En ningún caso podrán postularse por dos o más cargos en el proceso electoral, local o federal, extraordinario. Con excepción de aquellos que se postulen para Magistradas o Magistrados del Tribunal Superior de Justicia y manifiesten su intención en postularse para la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia.

Y presentar los siguientes documentos:

I. Acta de nacimiento en copia certificada o, en su caso, documento que acredite la nacionalidad mexicana por nacimiento.

II. Clave Única de Registro de Población (CURP).

III. Exhibir original o copia certificada por autoridad competente o fedatario público de la credencial para votar con fotografía vigente, expedida por el Instituto Nacional Electoral.

IV. Título de Licenciatura en Derecho, expedido por instituciones de educación superior del Estado o descentralizadas, o por instituciones particulares que tenga reconocimiento de validez oficial de estudios, o copia certificada por autoridad competente o fedatario público de dicho documento.

V. Certificado de estudios o de historial académico que acredite los promedios correspondientes establecidos en los requisitos constitucionales, o copia certificada por autoridad competente o fedatario público de dicho documento.

VI. Para el caso de Magistrada y Magistrado del Tribunal Superior de Justicia, acreditar la práctica profesional en el ejercicio de la actividad jurídica afín a su candidatura de cuando menos tres años, misma que podrá acreditarse con su currículum con firma autógrafa de la persona aspirante al final del documento y los documentos u otros elementos de prueba que lo acrediten.

VII. Constancia de residencia en el Estado de al menos un año, que podrá acreditarse con manifestación bajo protesta de decir verdad sobre su residencia.

Así como una carta bajo protesta de decir verdad de que se goza de buena reputación; que no ha sido condenada o condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad, delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, o por delitos de violencia familiar, contra la libertad sexual o de violencia de género, y que no se encuentre suspendido de sus derechos políticos en términos del artículo 38 de la Constitución Federal.

IX. Para el caso de Magistradas y Magistrados, carta bajo protesta de decir verdad de no haber ocupado en el Estado el cargo de titular de Secretaría o equivalente, Fiscal General de Justicia, Senadora o Senador, Diputada o Diputado federal o local, Presidenta o Presidente Municipal, durante el año previo al día de la publicación de la presente Convocatoria.

X. Ensayo de tres cuartillas donde justifiquen los motivos de su postulación.

XI. Cinco cartas de referencia de sus vecinos, colegas o personas que respalden su idoneidad para desempeñar el cargo, las cuales deberán contener el nombre y número telefónico de quien suscribe, así como adjuntar copia de su identificación oficial.

XII. Certificado de No Deudor Alimentario expedido por el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

XIII. En el caso de personas que aspiren a una magistratura y adicionalmente pretendan postularse a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, deberán presentar un escrito en el que solicite dicha aspiración.

La Convocatoria también precisa lo siguiente:

I. La Presidencia del Tribunal Superior de Justicia será electa a nivel estatal por un periodo de 2 años. La persona que obtenga más votos a nivel estatal asumirá la Presidencia con independencia de la elección de su magistratura en el territorio respectivo, y los 3 periodos siguientes de la presidencia rotatoria serán asignados en orden subsecuente a las demás candidaturas que hayan obtenido los mayores números de votos en la elección a nivel estatal y que, además, hayan sido electas en su respectiva jurisdicción, observando el principio de paridad de género alternadamente entre las asignaciones.

II. Para el Tribunal de Disciplina Judicial: Las Magistradas y Magistrados serán electos a nivel estatal por un periodo que vencerá en 2030 para 3 de ellos y en 2033 para los 2 restantes, los cuales se asignarán en función del número de votos que obtenga cada candidatura, correspondiendo un periodo mayor a quienes alcancen mayor votación observando la paridad de género.

III. Para las Salas Colegiadas, Unitarias y Tribunales de Alzada: Las Magistradas y Magistrados serán electos por el ámbito territorial que corresponda, por un periodo de 8 años.

IV. Para los Juzgados de Primera Instancia, de Cuantía Menor, de Control, de Enjuiciamiento, laborales y de Ejecución de Sentencias: Las Juezas y Jueces serán electos, por el ámbito territorial que corresponda, por un periodo de 8 años. Para facilitar el ejercicio del sufragio, la autoridad electoral competente podrá segmentar y/o ajustar, para efectos exclusivamente electorales, los marcos geográficos jurisdiccionales que señale la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México. El ámbito territorial electivo antes definido solo tendrá efectos para esta Convocatoria.

Es de destacar que el organizador de la elección de juzgadores es el Instituto Electoral del Estado México (IEEM) y que su Consejo General podrá emitir los acuerdos que estime necesarios para la organización, desarrollo, cómputo y vigilancia del proceso electoral extraordinario del año 2025 y para garantizar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales aplicables para los procesos electorales estatales.

Lo anterior, se subraya, observando los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad, paridad de género, así como la implementación de las acciones afirmativas necesarias, acatando en lo que corresponda.

Ojos y trabajo en renovación del Poder Judicial

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