#LadySanCarlos podría ir a prisión por escupirle a policía privada

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#LadySanCarlos podría ir a prisión por escupirle a policía privada

Lunes, 25 Abril 2022 11:32 Escrito por 
Los delitos de discriminación y riesgo de contagio alcanzan penas de hasta tres años de prisión y multas hasta por 100 días. Los delitos de discriminación y riesgo de contagio alcanzan penas de hasta tres años de prisión y multas hasta por 100 días. Foto: Especial

Metepec/Estado de México

Patricia "N", conocida como #LadySanCarlos o #LadyEscupitajo, la mujer que agredió a la policía de seguridad privada en el fraccionamiento San Carlos, en Metepec, podría sumar varios años en prisión, pues los delitos de discriminación y riesgo de contagio son dos por los que fue denunciada ante la Fiscalía General de Justicia mexiquense y alcanzan penas de hasta tres años de prisión y multas hasta por 100 días.

#Video: Surge #LadyEscupitajo en Metepec; agrede a mujer que hacía su trabajo

De acuerdo con el Código Penal estatal, el Artículo 211 establece que se impondrán de uno a tres años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo en favor de la comunidad. Además, de 50 a 200 días de multa al que por razón de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, trabajo o profesión, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o alguna otra característica, atente contra la dignidad humana.

Asimismo, por menoscabar o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos fundamentales en condiciones de equidad e igualdad de oportunidades y de trato a las personas.

Están considerados quienes provoquen o inciten al odio o a la violencia, a quien niegue o retarde a una persona un trámite, servicio o una prestación a la que tenga derecho.

También a quien repudie, desprecie, veje o excluya a alguna persona o grupo de personas; o quien niegue o restrinja derechos laborales.

Si las conductas descritas en este artículo las realiza un servidor público, se aumentará en una mitad la pena prevista en el primer párrafo del presente artículo y, además, se le destituirá e inhabilitará para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos, por el mismo tiempo de la privación de la libertad impuesta. Aunque en este caso, tanto el ayuntamiento de Metepec como la organización de Mujeres 50+1 en el Estado de México rechazaron que trabaje con ellos.

Por otra parte, en el caso de peligro de contagio, el Artículo 252 establece que quien sabiendo que padece una enfermedad grave en periodo infectante, ponga en peligro de contagio a otro, por cualquier medio de transmisión, se le aplicará una pena de seis meses a 2 años de prisión y de treinta a sesenta días de multa.

En este delito solo se procederá por querella del ofendido.

Desmienten que #LadyEscupitajo de #Metepec, sea servidora pública

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