La Reforma Eléctrica es inconstitucional, la que se modifica es la Constitución

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Publicado en Opinión

La Reforma Eléctrica es inconstitucional, la que se modifica es la Constitución

Viernes, 19 Marzo 2021 00:08 Escrito por 
Dr. Gonzalo Levi Obregón Dr. Gonzalo Levi Obregón Hablando Derecho

No estilo a realizar retórica política por ello, realice esta pequeña aportación relacionada con la declaración del presidente Andrés Manuel López Obrador, ya que ante la discusión que existe porque un Juez de Distrito otorgó una suspensión a los efectos de la Ley Energética, por lo que el presidente de la República consideró modificar el sistema normativo más sensible como lo es la Constitución así como la figura de suspensión, esto ha desatado que la transgresión de los derechos de las personas sea evidente pero no prioritario.

 

 

La idea mis amigos es explicar un poco el contexto así como la división de poderes, y la aplicación del sistema normativo en cuanto a la suspensión de cualquier acto de autoridad, miren anteriormente no era tan sencillo solicitar la suspensión de los efectos de la ley, debido a que somos un país legalista y como no lo establecía de manera evidente la ley de amparo, muchos no se animaban a solicitarla pero es evidente, que se podría pedir incluso con la ley de amparo anterior.

Esto ha generado una serie de comentarios dentro de la sociedad, así como de la comunidad jurídica, en cuanto a suspender la aplicación de una ley mediante el incidente de suspensión, así como medidas cautelares con el fin de evitar que a ninguna persona se le aplique la legislación que se le considera con una transgresión de sus derechos, por lo tanto, esa figura utilizada de manera correcta puede generar un porcentaje (aunque en algunas ocasiones reducido), de protección y certeza jurídica aunque no total o plena, conforme a las figuras internacionales.

La importancia de que en una legislación exista la suspensión de aplicación de una legislación, refiere a que todos los actos de autoridad deben estar sometidos dentro de un contexto normativo. En México aun tenemos la visión de que en nuestra constitución se encuentran todos los elementos de protección de las personas, pero ahora que el presidente considera o tiene el discurso de modificar la constitución en vez de la ley cuando una norma jurídica se encuentra en su contra o lo que llamamos los abogados actualmente antinomia (contradicción horizontal de una norma jurídica de menor jerarquía formal frente a la constitución), se tiene que modificar la legislación inferior, no así la general, es algo que demuestra muchas cosas.

 

 

En este caso el poder legislativo se encuentra a disposición del poder ejecutivo, y eso hace posible que la reforma constitucional exista cuando una norma jurídica de menor jerarquía (ley energética) es contraria y transgrede derechos de las personas, por lo tanto, ¿cómo la constitución puede tener conductas de corrupción y seguirse llamando constitución?, nos damos cuenta que nuestras normas jurídicas han sido producto de la ilegalidad, y así pueden existir más casos, es momento de que a la ley se le vea como una posibilidad de guiar el comportamiento, no un manual de cumplimiento cerrado, necesitamos un mecanismo científico de valoración o constatación de la ley objetivo.

Los abogados tenemos que retornar a nuestro camino de juristas que va relacionado con el estudio y aplicación tanto de la teoría, reflexión, razonamiento, problematización en la búsqueda de nuevas maneras de resolver los conflictos jurídicos, y abandonar esa figura de técnicos en el derecho. Esta situación que traemos como ejemplo tiene como repercusión demostrar que la constitución ahora es una norma jurídica que puede transgredir derechos de las personas, así como ir en contra de los recursos económicos de la población mexicana.

Profesor del Posgrado en Derecho de la UNAM-FES Acatlán, sígueme en mis redes sociales.

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