Los DDHH en el Estado de México II/III

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Los DDHH en el Estado de México II/III

Jueves, 09 Septiembre 2021 00:32 Escrito por 
Carlos Carral Carlos Carral Agenda sindical

Hablábamos la semana pasada de una breve historia de lo ocurrido en torno a una detención vehicular, así como lo sucedido en consecuencia en la fiscalía en Texcoco, para la atención de delitos de robo de vehículos, donde lo lamentable es, desde un punto de vista optimista, las nulas medidas que hay para el respeto más mínimo a la dignidad de las personas que son presentadas por la posible comisión de delitos, y en un sentido más realista, ver las violaciones flagrantes que se comenten en estas oficinas a la dignidad más elemental de estos seres humanos.

Pretender que se dé un respecto irrestricto a los Derechos Humanos que tanto se pregonan hoy en día es imposible, al aspirar a ser sinónimo de justicia, inevitablemente son un ideal a alcanzar, pero lo que ocurre en la procuración e impartición de justicia en el Estado de México, es el extremo opuesto, las violaciones son evidentes y aún más evidente la apatía y valemadrismo de los servidores públicos que laboran en estas dependencias.

El artículo 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales contempla cuáles son los derechos de los imputados, de hecho en el Estado de México las fiscalías tienen vinilonas con este artículo plasmado por todos lados, lo malo, pareciera todo lo contrario, que no están por ningún lado.

Dentro de los principales derechos del artículo mencionado están: ser tratado como inocente hasta que se demuestre lo contrario; a no ser sometido a métodos y procedimientos que atenten contra su dignidad; a no ser presentado ante la comunidad como culpable; a solicita su libertad en caso de que no se ordene lo contrario, entre otros derechos, pero los mencionados, son los que con mayor evidencia se vulneran en las distintas fiscalías de nuestra entidad, en este sentido surgen algunas preguntas Señor Fiscal General de Justicia:

1. ¿Dónde está el trato como inocente en separos hacinados, sin agua, con cobijas sucias y verdaderamente apestosas?. Considero como usted que el tema presupuestal es un problema, pero si no se pueden ofrecer mejores condiciones, creo que agilizar todo el proceso desde que una persona es puesta a disposición, haría bajar el número de detenidos diariamente; sino se pueden ofrecer cobijas medianamente dignas en limpieza, sería mejor que sean los familiares los que se las provean a los detenidos, quien no tenga quien lo ayude, tampoco le veo problema, en esos separos hay una idea más clara de solidaridad que entre todo su personal junto; la productividad no solo se mide en el número de capetas iniciadas, sino en los tiempos que se presentan dentro de cada una de ellas.

2. Si no se debe presentar al imputado como culpable, ¿por qué al momento de declararlo lo sacan esposado y así lo dejan en las sillas de la fiscalía correspondiente, esto de manera pública?. La realidad es aquella que percibimos, pienso que incluso un abogado que vea que presentan a una persona en esas condiciones ante la autoridad procuradora de justicia, cuando menos pensará que fue por un delito algo grave, aunque objetivamente haya sido retenido injustamente, ¿no es eso una forma de presentar como culpable a una persona?.

3. ¿El trato que los custodios de estos separos les dan a los detenidos, con groserías, ignorándolos completamente, pero sobre todo teniéndolos en condiciones insalubres no es atentar contra su dignidad más elemental?. La respuesta creo que usted la tiene.

4. ¿Quién y cómo se determina en qué momento se otorga la libertado con las reservas de ley, una vez que en nuestro estado, el Centro Estatal de Medidas Cautelares CEMECA resuelve la procedencia de la misma?, ¿no se debiera otorgar la libertad inmediatamente?, ¿por qué es una facultad discrecional de los titulares de las fiscalías, los secretarios particulares de los fiscales que coordinan regionalmente o los propios fiscales coordinadores quiénes determinan en que momento otorgar la libertad, aunque CEMECA haya dado con antelación su aval para ello?. La respuesta es simple, la libertad se debe otorgar inmediatamente una vez que CEMECA dé el aval para ello, si no se hace, no cerremos los ojos, es porque la negativa de otorgarla hasta que se cumplan las 48 horas, permite los niveles de corrupción que se viven en la dependencia a su cargo, así fue con el personaje aun anónimo que motivó esta serie de entregas, sí te digo que te soltaré hasta las 48 horas por orden de alguien, aunque haya dictamen positivo de CEMECA, seguramente alguna cantidad me ofrecerás para doblar la voluntad del servidor público estricto.

Esto ocurre en el Estado de México señor Gobernador con el Fiscal que usted puso, la gran pregunta sigue siendo ¿dónde está la Comisión Estatal de Derechos Humanos?, ¿no debiera ser quien gobierne en el reino de los Derechos Humanos?, ojalá pueda tomar cartas en el asunto señor Fiscal General, deseo que todos los días duerman bien.

ADENDUM

  • Ayer dijo López Obrador que atacan a Delfina Gómez por ser una candidata viable al gobierno del Estado de México, que no le toque ese vals el presidente a Higinio Martínez, no sea que se vaya a infartar, si así lo ve AMLO, sería la segunda vez que el tabasqueño le hace el feo al máximo líder de los morenos en el Estado de México.
  • Dicen en el IMSS en Hidalgo, que no les avisaron que habría fuertes lluvias y que podría fallar el suministro eléctrico. ¿Acaso no hay el suficiente personal de este instituto para que hagan ese seguimiento?, ¿no tienen un área de seguridad y protección civil?. Puro discurso al igual que todos los gobiernos del presente y el pasado.

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Abogado Postulante y Director de la Escuela para la Formación Política y Sindical A.C.

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Carlos Carral

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