Juzgar con perspectiva de género

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Publicado en Opinión

Juzgar con perspectiva de género

Lunes, 17 Enero 2022 00:16 Escrito por 
Irma Cruz Irma Cruz Espacio de Libertad

“Calificar la violencia de género, como asunto de mujeres, es parte del problema”

(Ban Kee-moon, ex Secretario General de la ONU).

Acceder a la justicia en condiciones de igualdad y no discriminación es un derecho humano frente al cual, el Estado mexicano se encuentra en deuda con gran parte de la población mexicana pero, sobre todo, con millones de mujeres que concentran el mayor porcentaje de víctimas de desapariciones forzadas, violaciones, torturas o feminicidios; de ahí la  urgencia de tender puentes y abrir canales para que las víctimas accedan a una justicia pronta y digna, pero también, sin discriminación y con perspectiva de género.

En 1993, la Asamblea General de las Naciones Unidas publicó la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres; casi 30 años después, una de cada tres mujeres sigue sufriendo todo tipo de violencias en razón de su género, principalmente, a manos de su pareja o compañero sentimental, situación que se acentuó dentro del confinamiento obligado por la pandemia del COVID-19 que ya registra la cuarta ola en nuestro país.

Frente a este contexto tuvo lugar el intercambio de reflexiones y preocupaciones por parte de las integrantes del colectivo 50+1, Capítulo Estado de México, presidido por la diputada federal Ana Lilia Herrera y el Poder Judicial del Estado de México, encabezado por el magistrado Ricardo Sodi, presidente del Tribunal Superior de Justicia en la entidad, quien además de abordar las acciones que ha desplegado el TSJEM para incrementar el acceso a la justicia, destacó la importancia de sensibilizar a los juzgadores para avanzar en la impartición de justicia con perspectiva de género.

Sobre este criterio -juzgar con perspectiva de género- el marco legal mexicano reconoce, a partir de la reforma constitucional de 2011, los derechos humanos de las personas por el simple hecho de existir; y en armonía con los Tratados Internacionales de los que México forma parte, estableció que todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección sin importar origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias o estado civil.

En materia jurisdiccional, en 2016, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en la Tesis de Jurisprudencia 22/2016 (10ª), reconociendo la igualdad y la no discriminación por razones de género como derechos humanos, estableció elementos para “Juzgar con Perspectiva de Género” que obligan a la implementación de un método en toda controversia judicial, aunque las partes no lo soliciten, a fin de verificar: si existe una situación de violencia o vulnerabilidad que, por cuestiones de género, impida impartir justicia de manera igualitaria.

De acuerdo con la tesis referida, los juzgadores deben: identificar si existen situaciones de poder que por cuestiones de género den cuenta de un desequilibrio entre las partes de la controversia; cuestionar los hechos y valorar las pruebas desechando cualquier estereotipo o prejuicio de género, a fin de visualizar situaciones de desventaja provocadas por condiciones de sexo o género; en caso de que el material probatorio no sea suficiente para aclarar la situación de violencia, vulnerabilidad o discriminación por razones de género, ordenar las pruebas necesarias para visibilizar dichas situaciones; evaluar el impacto diferenciado de la solución propuesta para buscar una resolución justa e igualitaria.

“Juzgar con Perspectiva de Género” significa también que debe evitarse, en todo momento, el uso de lenguaje basado en estereotipos o prejuicios, por lo que debe procurarse un lenguaje incluyente con el objeto de asegurar un acceso a la justicia sin discriminación por motivos de género o cualquier otro motivo.

Ahora bien, que los juzgadores y litigantes conozcan, entiendan e interpreten de manera adecuada el significado de la perspectiva de género es uno de los retos de las instancias judiciales; por ello, al poner el dedo en la llaga, el magistrado Sodi afirma que la sensibilización para la adecuada implementación del criterio a la hora de resolver controversias judiciales sólo puede atenderse a través de la educación; por ello, el TSJEM le apuesta a la impartición de justicia en “clave educativa” desde su planeación estratégica, a partir de la cual despliega un programa permanente de capacitación a distancia, tanto teórica como práctica, aprovechando las ventajas de las herramientas tecnológicas para llegar a todos los rincones de la entidad, lo cual requiere de un esfuerzo continuo y sistemático.

En cuanto al desafío de incrementar el acceso a la justicia, Sodi Cuéllar destaca que a través del uso de las nuevas tecnologías también se ha logrado acortar distancias y extender el servicio a la mayor cantidad de personas posible; y en este sentido, enfatiza la importancia de instancias como el Juzgado en Línea Especializado en Violencia Familiar, ubicado en la página digital del TSJEM, al cual todas las personas pueden acceder en cualquier lugar y a cualquier hora y que, en el marco del confinamiento, incrementó su demanda en forma significativa. Sólo se requiere que la gente lo conozca, lo use y le pierda el miedo, afirma el magistrado.

Al respecto, la diputada federal, Ana Lilia Herrera, señala que, el colectivo de mujeres 50+1 Estado de México que preside, tiene muy claro el objetivo de atender una preocupación generalizada y ser la voz que requieren millones de mujeres para denunciar situaciones de abuso o violencia, por lo que apoyar la difusión de acciones y herramientas que, desde el TSJEM se realizan y se ponen a disposición de la ciudadanía, en favor de una agenda de género común, es contribuir con esa necesidad de tender puentes y abril canales de apoyo para todas las mexiquenses que lo necesitan.

@IrmaCruzE

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Irma Cruz

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