Estado de México
En los municipios de Metepec, Zinacantepec y Toluca, las sanciones por desperdiciar agua ascenderán en promedio a los 5 mil 482 pesos. Los ayuntamientos elevaron las penalizaciones contra quienes desperdicien el agua, así que este fin de semana, las personas que acostumbran mojarse con motivo del Sábado de Gloria deberán pensarlo dos veces.
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De acuerdo con las autoridades municipales, ya existían multas contra quienes utilizan el agua de forma desmedida, especialmente durante esta temporada, dado que la tradición como parte de las celebraciones católicas implica usar agua en cubetas, mangueras u otros objetos para mojarse, especialmente entre los niños.
En el municipio de Metepec, el Bando Municipal estipula las sanciones en los artículos 74 y 187. En el primero se señala que el uso inadecuado, irracional o inmoderado del agua o de las instalaciones hidráulicas y sanitarias, ya sea por personas físicas o jurídicas colectivas, traerá como consecuencia la aplicación de sanciones administrativas previstas en este documento, en la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, y otras leyes aplicables.
Mientras que el artículo 187 establece que el Organismo de Agua (OPDAPAS) impondrá las sanciones que establece la Ley del Agua estatal y de los Municipios. Podrá imponer multa hasta de 50 veces el valor diario de la UMA (5 mil 428.5 pesos) a quien:
"Desperdicie el agua lavando con manguera vehículos automotores, camiones, banquetas, fachadas, cortinas de comercios o cualquier otro bien mueble o inmueble con manguera, sin tener el debido cuidado para el buen uso del agua potable o no cumplir con los requisitos, normas y condiciones de uso eficiente del agua que establece la Ley del Agua estatal".
En Metepec, las autoridades hicieron un llamado a la población para el uso racional del recurso y, si bien existen tradiciones, deben abstenerse de desperdiciar el agua que se abastece a través de pozos propios, ya que hasta el momento no enfrentan la escasez del líquido, por lo que deben cuidarlo.
En Toluca, el Bando Municipal estipula las sanciones en el artículo 106 respecto a las infracciones a las normas sobre servicios públicos municipales, refiere que la multa será por un porte de 20 hasta 50 UMA, entre 2 mil 171 hasta 5 mil 428 pesos contra quien "lave vehículos, fachadas, banquetas o vidrios utilizando manguera o desperdicie ostensiblemente el agua en cualquiera de sus modalidades".
Mientras que el Bando Municipal de Zinacantepec, en el artículo 204 respecto a infracciones y sanciones, refiere que desperdiciar o utilizar indebidamente el agua, ya sea en cantidad excesiva, desproporcionada o permitir que se derrame en cualquier lugar sin ningún uso apropiado, así como impedir su uso a quienes deban tener acceso a ella en tuberías, tanques o tinacos almacenadores, recibirán una multa de poco más de 2 mil pesos.
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