¿Y para cuando la igualdad de la mujer y el hombre frente al principio de interés superior de la niñez?

DigitalMex - Periodismo Confiable

Publicado en Opinión

¿Y para cuando la igualdad de la mujer y el hombre frente al principio de interés superior de la niñez?

Viernes, 07 Marzo 2025 00:06 Escrito por 
Dr. Gonzalo Levi Obregón Dr. Gonzalo Levi Obregón Hablando Derecho

Para mis amigos que aún no tengan conocimiento de ¿qué es el principio de interés superior de la infancia?, les platico que se refiere a que los derechos de los niños, niñas y adolescentes al momento de que exista una disputa, o algún comportamiento los intereses del niño deben ser aplicados de manera directa, tomándose en cuenta de manera inmediata los derechos del niño o niña en cualquier circunstancia, como puede ser al momento de un litigio, en la toma de la decisión por parte de los maestros en una escuela, o cualquier situación en la que tenga que ver las niñas o niños.

Considero que los juzgadores o personas que tienen que aplicar alguna legislación, o resolver algún conflicto en donde los derechos de un niño se encuentren en disputa, debe existir la urgencia de resolver esa crisis conforme a lo que más beneficie a la niña, pero no es así, lamentablemente existen muchas visiones en donde los juzgadores como autoridades aún continúan sin entender de manera clara cómo aplicarlo el principio en comento, lo que evidencia el actuar de la autoridad, sin pensar el daño que se les genera a los niños que se encuentran en esa disputa, cuando los jueces con base en estereotipos pretenden continuar sin aplicar el ex oficio, lo que se refiere a que no llegan a resolver el fondo del asunto en favor del niño.

En perjuicio del hombre y la mujer se sigue pensando que únicamente la mamá es la que debe tener al cuidado o guarda y custodia, y que el padre no recibe ningún tipo de violencia en el caso que no le permitan convivir con sus hijos, más aún, podemos observar incluso en la legislación del Estado de México, que no hay un mecanismo claro y preciso para esa situación, por otro lado en el caso de la mujer que se le considera siempre como quien debe ostentar la guarda y custodia, también se genera un estereotipo en su contra debido a que única y exclusivamente se le considera cuidadora, y que el hombre no tiene esa carga u obligación.

¿Qué pasaría si partimos de que ambos padres tienen que cumplir con el cuidado y protección al 50%?, bajo el principio de interés superior de la niñez, ya que en realidad el niño necesita a su papá y mamá el mismo tiempo de convivencia, entonces por qué no se parte en una controversia judicial que ambos tengan el mismo tiempo así como cuidado, ¿no se comenzaría a generar consciencia de la importancia de ambos padres en la educación y cuidado del niño?, ¿comenzaríamos a romper los estereotipos de que el hombre no es apto para tener la guarda y custodia de la niña?, ¿podríamos ayudar a disminuir la visión de que las mujeres son cuidadoras, al darle la obligación en la misma proporción de cuidado al hombre?

Por lo tanto, consideramos que la vía del interés superior de la niñez incluso podría armonizar la violencia de género en contra de las mujeres debido a que se rompería el estereotipo de cuidadora, y que la única manera que el hombre puede participar es mediante los recursos económicos en el cuidado del niño, lo cual daría una igualdad tanto del hombre y la mujer frente al principio de interés superior de la infancia.

Visto 1476 veces
Valora este artículo
(2 votos)